Indecopi multó a las empresas Entel y Telefónica con S/ 79.258 (17.23 UIT) a cada una. Esto porque dichas empresas realizaban llamadas y enviaban mensajes sin consentimiento previo del usuario. A pesar de las advertencias, estás empresas siguieron con las malas prácticas en reiterada ocasiones.
En primer lugar, Telefónica recibió por la multa al uso indebido de los datos personales de un consumidor. La práctica sancionada es llamar de forma agresiva y reiterada a un número celular para promocionar sus servicios sin consentimiento a potenciales clientes.
Del mismo modo, Indecopi multó a la empresa Entel, donde otro usuario desconocido denunció a la empresa. El usuario comentó que recibió constantes mensajes de textos promocionales sin contar con su autorización, a pesar que solicitó que se abstengan de continuar con dicha conducta.
¿Cómo ambas empresas infringieron el código de Protección y Defensa del Consmidor?
La claúsula establece que están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que utilicen servicios de centros de llamada (call centers). Se usó un sistema telefónico para que envíe mensajes de textos o mensajes electrónicos masivos, los cuales promovían sus productos y servicios. Además, de los números telefónicos y direcciones de consumidores que no han brindado su consentimiento previo, informado, impreso e inequívoco.
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¿Cuándo empezó está situación de estás dos empresas?
Según la Sala Especializada en Protección al Consmudor, en el 2020 Indecopi sancionó a Telefónica con 1 UIT por haber empleado metódos comerciales agresivos; al enviar mensajes de textos para promover sus productos y servicios sin consentimiento. Ese mismo año, la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 también multó a la empresa Entel con 45 UIT por el mismo motivo.