El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que prohíbe a las entidades públicas realizar contratos de locación de servicios. Un grupo de 85 parlamentarios votaron a favor de esta norma que busca evitar la desnaturalización de la relación laboral y que se incumplan los derechos de los trabajadores del sector público. De esta forma, el parlamento elimina una nueva modalidad de trabajo tras aprobar la erradicación progresiva del régimen CAS el pasado mes de marzo.
Esta norma deberá ser aplicada en los tres poderes del Estado, gobiernos regionales y organismos constitucionales autónomos -como ONPE, SUNAT y RENIEC. Es importante precisar que quedarán exonerados de esta ley aquellos contratos que sean solicitados con urgencia y de manera temporal. Estas características deberán ser sustentadas y solo se podrá trabajar bajo esta modalidad por un periodo máximo de seis meses.
El contrato de locación de servicios y su rol en garantizar los derechos de los trabajadores
Un contrato de locación de servicios es una modalidad de trabajo de carácter civil y no laboral. En ese sentido, este régimen cubre sólo algunos derechos y responsabilidades. En cuanto a responsabilidades, el trabajador es contratado por un empleador para cumplir metas específicas. Además, no se puede sancionar, supervisar, ni exigirle al trabajador cumplir con un horario estricto.
Por otro lado, el empleado tampoco cuenta con los beneficios de integrar una planilla como CTS, seguro de salud, vacaciones pagadas y gratificación. Una situación distinta a poseer un contrato laboral en el cual se cuentan con más derechos, de acuerdo a ley, pero el trabajador restringe su libertad en función de lo pactado con el empleador.
La problemática reside en que diferentes entidades públicas contrataban a trabajadores bajo la modalidad de locación de servicios pero les exigían cumplir con las obligaciones de un contrato laboral.
El abogado laboralista Sergio Rodríguez declaró para el diario El Gobierno que “la norma busca evitar que le saques la vuelta a la ley”. Además, agregó que “muchos trabajadores teniendo pruebas de ser sometidos a obligaciones de contrato laboral, cuando eran locadores de servicio, realizaron juicios a sus empleadores y los ganaron. Sin embargo, el Estado se puede demorar meses, hasta años, en hacer efectivo el cumplimiento del juicio”. En ese sentido, también indica que “con esta ley se disminuirá el margen para cometer abusos y corrupción”.
La eliminación de la contratación por locación de servicios cuenta con un plazo máximo de adecuación de un año. Durante este período, las entidades públicas deberán convocar a concursos públicos a través de los cuales se incorpore a los locadores de servicios que actualmente están cumpliendo un trabajo de naturaleza permanente.