El Ministerio de Cultura dio a conocer de forma oficial el protocolo sanitario aprobado para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al contexto actual de crisis sanitaria en las distintas actividades relacionadas al ámbito de la música.
Este documento muestra las actividades musicales que podrán practicarse siguiendo medidas sanitarias. En la lista figuran creación, ensayos, presentaciones sin público, preproducción y producción musical, captura, mezcla, masterización y actividades didácticas.
De igual manera, podrán realizarse un registro de presentaciones sin público y transmisiones, así como otras actividades esenciales para la producción, distribución y consumo musical que se mantengan sin la presencia de público.
El protocolo aprobado por el Ministerio de Cultura establece que, con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 entre el personal involucrado en la ejecución de las actividades musicales, las empresas del sector público y privado de dicho sector deberán elaborar un “plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”.
Dicho plan deberá especificar la siguiente información:
- Razón social y RUC.
- Región, provincia, distrito, dirección de cada sede de la persona natural con negocio o persona jurídica.
- Representante legal y DNI.
- La nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano o bajo).
- Las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición al SARS-CoV-2.
En cuanto las disposiciones sanitarias, el protocolo refiere que las personas naturales o empresas que son propietarias de los espacios para la realización de eventos musicales como centros culturales, salas, auditorios, estudios de producción musical, espacio dedicado al dictado de talleres, clases, presentaciones o transmisiones son responsables del cumplimiento de las condiciones sanitarias dentro de sus instalaciones.
Documento oficial:
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1282989/RM%20230-2020-DM-MC%20-%20ANEXO.pdf