En medio de la incertidumbre causada por la omisión del gobierno en la compra de vacunas, se ha publicado, este viernes, la Ley N.° 31091. La Ley tiene como fin «garantizar el acceso libre y voluntario a la población en general para el tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV-2».
Además, busca asegurar los mismos beneficios contra otras enfermedades que den origen al estado de emergencia sanitario y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Por otro parte, cualquier tratamiento para el COVID-19 y otras enfermedades se recibirán de forma voluntaria y no son una obligación para el ciudadano. Así mismo, la nueva ley declara como «necesidad pública y de interés nacional la adquisición y distribución de medicamentos y vacunas contra el COVID-19».
Cabe recalcar que la vacuna no tiene fecha próxima de ingreso a nuestro país. Pues, la presidente del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, afirmó que, si bien el país se encuentra en negociaciones con 8 laboratorios, aún no tiene un acuerdo asegurado con ninguno.
Modificación de la Ley de Productos Farmacéuticos
Se modifica la Ley N.° 29459, titulada «Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos médicos y Productos sanitarios». Se otorgará registro condicional de un año a productos biológicos y medicamentos con estudios clínicos en Fase III. Estos deben tener resultados preliminares positivos contra enfermedades que den lugar a emergencias sanitarias. Esto, con el fin de acelerar el alcance de los tratamientos contra el COVID-19.
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