El Pleno del Congreso aprobó en primera votación la modificación de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que permitiría a la presidenta del Perú, Dina Boluarte, gestionar poder de manera remota.
La votación registró 68 votos a favor, 40 en contra y 10 abstenciones para la ley presentada por el Ejecutivo.
La propuesta señala que, al no contar con vicepresidente en ejercicio en el poder ejecutivo, el presidente de la República se mantiene a cargo de despacho de forma remota, empleando tecnologías digitales con mecanismos de ciberseguridad para su uso.
¿Qué más dice esta ley?
En el proyecto, se ha incorporado el artículo 8-A a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, donde indica que si no hay ningún vicepresidente, la presidenta de la República mantendrá ejerciendo su cargo por los medios digitales.
“De no contar con vicepresidentes en ejercicio, el Presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota, empleando las tecnologías digitales correspondientes para tal efecto. El Congreso de la República, en el marco de sus competencias, precisa en la resolución legislativa autoritativa que el Presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota”, señala el documento.
LEE TAMBIÉN: Congreso aprueba interpelación al ministro Daniel Maurate
Además, se lee en el documento que se resalta el artículo 123 de la Constitución, el presidente del Consejo de Ministros, mantendrá la comunicación con la mandataria.
“En tanto dure el viaje, y de conformidad con el artículo 123 de la Constitución, el Presidente del Consejo de Ministros, en su condición de portavoz autorizado del gobierno, mantiene permanente comunicación con el Presidente de la República a través de las tecnologías digitales”.
Asimismo, el presidente del Congreso, José Willliams, recalcó que este proyecto de ley tiene que pasar a segunda votación después de los siete días calendario según el Reglamento del Parlamento.