Con el objetivo de adecuar el marco legal relacionado a las comisiones y gastos que las empresas del sistema financiero trasladan a los usuarios, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió el Reglamento de comisiones y gastos del sistema financiero. En él se establecen el procedimiento, los plazos y requisitos que estas entidades deberán seguir para la aprobación de sus comisiones y gastos.
De acuerdo con la norma, publicada en el Diario Oficial, las entidades financieras deberán presentar a la SBS un informe que contenga el sustento de cada comisión y/o gasto buscando la aprobación de estos, de manera previa, a su trasladado a los usuarios.
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¿Cuáles son los términos y condiciones?
Las comisiones y/o gastos deben tener un servicio adicional o complementario respecto a lo contratado por el usuario. Es decir, ser prestados efectivamente y haber sido previamente pactados. Asimismo, deben corresponder a las categorías de comisiones y gastos establecidos por la SBS.
Esto facilitará su comprensión por parte de los usuarios y su comparación entre diferentes entidades financieras que ofrecen el mismo servicio. Así se contribuirá a una mayor transparencia en información del sistema financiero en beneficio del público en general.
Infracciones
Adicionalmente, la norma establece la facultad sancionadora de la SBS, para lo cual dispone un apartado especial de infracciones asociadas al incumplimiento de las obligaciones referidas al cobro indebido de tasas de interés, comisiones y gastos.
También alinea la regulación de la mencionada entidad en materia de conducta de mercado, en aspectos como topes de tasas de interés , el cobro de penalidades y la prohibición de capitalización de intereses en caso de incumplimiento de pago.
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