Entre los años 2020 y 2021, el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República autorizaron cinco programas de retiros extraordinarios del ahorro previsional para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). La finalidad de esta medida es mitigar la reducción o falta de ingresos y la situación de desempleo generados por el estado de emergencia nacional, debido a la pandemia del Covid-19.
Específicamente, las normas emitidas fueron:
Decreto de Urgencia N° 34-2020 y Decreto de Urgencia N° 38-2020 | Autorizaron el retiro de hasta S/ 2,000 de la cuenta individual de capitalización (CIC). |
Ley N° 31017 | Autorizó el retiro de hasta 25% de la CIC con un retiro mínimo de una (1) unidad impositiva tributaria (UIT) y máximo de tres (3) UIT. |
Ley N° 31068 | Estableció el acceso de hasta cuatro (4) UIT de la cuenta individual de capitalización, bajo criterio de desempleo. |
Ley N° 31192 | Permitió retirar hasta cuatro (4) UIT de la CIC. |
A octubre de 2021, en el marco de estos programas, 5’691,473 afiliados retiraron S/ 65,923 millones de los fondos de pensiones. Este monto retirado representa el 8.1% del Producto Bruto Interno.
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¿Qué grupo de afiliados retiró más?
El mayor porcentaje de afiliados con retiros de su cuenta individual de capitalización se observó en el rango de 31 a 40 años (80% de este grupo retiró).
Se trata de una población joven que, al retirar o agotar su fondo, acorta el ciclo laboral de ahorro jubilatorio. De esta manera, en lugar de 40 años de horizonte de ahorro, este se ha reducido a la mitad; considerando el transito de trabajador dependiente a independiente.
Los afiliados retiraron en promedio el 82.1% del ahorro jubilatorio, siendo la mediana de los retiros como porcentaje de la CIC de 96.3%. Estos resultados se explican porque los jóvenes (afiliados entre 21-30 años que representan el 25.3% del total) retiraron, en promedio, alrededor del 90%; mientras quienes tienen entre 31 y 40 años (31.7% del total) retiraron, en promedio, el 86% de su CIC.
En suma, las medidas aprobadas están afectando la construcción de una pensión, considerando la reducción significativa los fondos de pensiones, lo cual, sin lugar a duda, menoscaba la protección para la vejez y está desnaturalizando el objetivo de un sistema de pensiones: proteger a los trabajadores cuando se jubilen.
A futuro, y siendo que el porcentaje de adultos mayores va a aumentar significativamente, podría requerir que el Estado asuma una protección futura con mayores recursos del Tesoro Público.
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