El Ejecutivo aprobó a través del Decreto Legislativo 1535 la creación de un sistema de perfiles de cumplimiento para los contribuyentes que le permitirá a la SUNAT calificar a las empresas tomando en cuenta variables como la frecuencia y los montos de sus pagos tributarios, la oportunidad en la que presentan información, si mantiene deudas coactivas, entre otras.
Los perfiles serán asignados o modificados de forma periódica, considerando un período mínimo entre uno y doce meses. Las empresas serán notificadas sobre el perfil asignado y podrán presentar sus descargos a dicha calificación.
Riesgos reputacionales
La creación y publicación del perfil de los contribuyentes, sobre la base del cumplimiento de obligaciones tributarias, no tributarias y aduaneras, expondrá a las empresas a mayores riesgos reputacionales.
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El actual régimen de buenos contribuyentes, que otorga facilidades como pedir fraccionamientos sin garantías o acceder a una devolución más rápida del IGV, no mejoró los niveles de cumplimiento, de acuerdo con el MEF. La aplicación de sanciones tampoco contribuyó a reducir los niveles de incumplimiento. Entre el 2016 y el 2020 la Sunat detectó más de un millón de infracciones tributarias.
Por ello, a través del decreto legislativo 1535, el Ejecutivo ha creado un sistema de evaluación que tomará en cuenta diversas variables para asignar una calificación al contribuyente.
Los cinco niveles del reglamento frente a contribuyentes
El reglamento definirá como mínimo cinco niveles de cumplimiento. “Se requiere otorgar un tratamiento diferenciado a aquellos contribuyentes con un bajo nivel de cumplimiento, teniendo en cuenta que estos ameritan un mayor control”, dice el MEF en su exposición de motivos.
Pagar menos impuestos | Registrar un mayor o inexistente saldo a favor o pérdida tributaria u obtener una devolución indebida o en exceso por elusión tributaria |
No declarar ingresos | Remuneraciones, rentas, patrimonio, declarar cifras o datos falsos, u omitir circunstancias que influyan en el monto pagado a Sunat |
Omitir datos | No presentarle a la Sunat la información sobre beneficiario final o no entregarle información para su intercambio con otras administraciones tributarias |
Omitir accesos | No entregarle a la Sunat los accesos al sistema electrónico con el que el contribuyente registra sus operaciones contables |
No ser veraz | Proporcionarle a Sunat información no conforme con la realidad y no comparecer ante ella o hacerlo dentro de un plazo fuera del establecido |
No respetar plazos | No presentar las declaraciones de impuestos dentro de los plazos establecidos |
¿Y qué sucede con las empresas que sí cumplen?
Aquellas empresas que estén mejor calificadas podrán acceder a los mismos beneficios del régimen de buenos contribuyentes, incluso estos beneficios podrían ser ampliados por el MEF. Por otro lado, la norma agrega que las empresas con baja calificación tendrán más dificultades para lograr una medida cautelar que evite el pago de impuestos o la Sunat tendrá un plazo mayor para evaluar sus declaraciones rectificatorias. “Esto es lo inverso al régimen de buenos contribuyentes, que buscaba premiar”, dice Alex Córdova, socio del estudio Rodrigo. “Lo que se busca es sancionar a los contribuyentes por su grado de conducta tributaria”, agrega.