El día de hoy el entorno político retumbó con la renuncia a la Presidencia del Consejo de ministros por parte de Aníbal Torres. Durante el periodo ejercido, el aún premier será recordado por las polémicas declaraciones que solía dar en distintos tópicos. Una de las más recordadas es su iniciativa de prohibir los monopolios y oligopolios, así como la especulación y concertación de precios.
No obstante, surge la duda: ¿Realmente la existencia de esta clase de mercados en sí es el problema? ¿Se llegará a una solución de prohibirse estos tipos de mercados? El día de hoy, revisaremos en que consisten los monopolios, lo que está bien y mal acerca de ellos, y que es sancionable actualmente.
Competencia perfecta: lo que debería ser pero no es
Para entender más sobre lo que es el mercado monopólico, partamos de lo general a lo específico. El caso inicial que se utiliza en la teoría económica para explicar el funcionamiento de los mercados, y la interacción entre oferta y demanda es el mercado de competencia perfecta. Según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), tanto ofertantes como demandantes son precio-aceptantes.
No obstante, se debe reconocer que el mercado perfectamente competitivo termina siendo solo un ejemplo teórico que uno encuentra en libros de economía. Las condiciones pueden diferir, los bienes pueden ser heterogéneos, el número de ofertantes o demandantes puede no ser tan grande, las barreras a la entrada presentan distintos niveles dependiendo del mercado. Los mercados no son perfectos, y usualmente pueden presentar fallas, razón por la cual entidades reguladoras deben intervenir para minimizar las pérdidas de bienestar social.
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¿Qué se entiende por monopolio?
En términos simples, en este tipo de competencia solo existe una empresa productora (conocida como el monopolista) de un bien o servicio. Este mercado cuenta con suficientes barreras a la entrada que desincentivan a potenciales competidores a entrar. Debido a que este bien o servicio no cuenta con un sustituto, el productor cuenta con un mayor control sobre la cantidad a producir y el precio a establecer al consumidor.
El poder de mercado se define como la capacidad de una empresa para incrementar sus precios por encima del precio de competencia perfecta. Esto hace que no se llegue a un punto de equilibrio óptimo y se cuente con una pérdida de bienestar social. No obstante, en ciertos casos es más eficiente contar con una sola empresa que se encargue de un determinado mercado.
Lo anterior se puede explicar por los conceptos de economías de escala y subaditividad de costos. Jorge Tarziján (2013) define al primer término como el hecho de que los costos medios de producir un bien o servicio disminuyen al aumentar la cantidad producida. Del mismo modo, la subaditividad de costos describe que una empresa grande puede producir más barato que dos o más empresas produciendo el mismo bien por separado. Los conceptos descritos anteriormente son la justificación de los monopolios naturales.
¿El problema realmente es el monopolio?
En la práctica no existe propiamente un mercado que se comporte en su totalidad bajo competencia perfecta. Esto quiere decir que toda empresa (monopolio o no) cuenta con un relativo poder de mercado. Es aquí donde surge la preocupación de las entidades reguladoras para garantizar el bienestar de la economía en su conjunto.
Lo primero es definir cuál es el mercado relevante en el que opera la empresa que se busque evaluar. Para Tarziján y Paredes (2006), esto significa entender cual es la actividad de la firma y el ámbito en el que se desempeña, así como quienes realmente son sus competidores reales y potenciales. Asimismo, Indecopi señala que se debe revisar el mercado de producto y el mercado geográfico para la definición de mercado relevante.
Las firmas que presenten un significativo poder de mercado pueden tener distintas fuentes de origen. Las vías legítimas y lícitas de contar con determinado poder de mercado o posición de dominio van desde:
- La eficiencia económica (economías de escala o ámbito, barreras naturales o tecnológicas).
- Integración horizontal (fusiones y adquisiciones de competidores).
- Integración vertical (con proveedores de insumos)
- Ventajas creadas por ley o barreras legales (patentes).
Cuando las empresas que cuentan con determinado poder de mercado incurren en abuso de posición de dominio, es cuando el ente regulador debe actuar y sancionar. Esto puede darse si es que:
- Compiten de forma desleal o fuerzan a la competencia a desempeñarse en condiciones desiguales.
- Coordinan comportamientos para conseguir un poder de mercado artificial, y modificar las variables clave del mercado.
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Declaraciones de Aníbal Torres sobre monopolios
“Ley que prohíba monopolios”
En abril de este año, Aníbal Torres anunciaba que enviaría un proyecto de ley que articule en la constitución que se prohíban monopolios, oligopolios y posiciones dominantes.
Por un lado, se debe resaltar que ya existe legislación que busca combatir con el abuso de poder de dominio o monopólico. La Ley N°31112 o “Ley Antimonopolio” tiene como función realizar un control previo de las fusiones y adquisiciones que se puedan dar. La idea no es prohibir ni sancionar la existencia de poder de mercado o posición de dominio en sí.
Lo que se busca es que estas operaciones de concentración empresarial garanticen que se mantenga la competencia efectiva y la eficiencia económica. Asimismo, ya existe un artículo en la constitución que establece que el Estado facilita y vigila la libre competencia, así como combatir las prácticas que deriven en abuso de posiciones dominantes.
“Mayores precios se deben a monopolios”
Otra declaración polémica sobre esta materia fue cuando los precios de combustibles no se redujeron considerablemente con la reducción del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). Aníbal Torres señaló que en el sector hidrocarburos existen monopolios, y las empresas no trasladaron adecuadamente la exoneración del ISC al precio pagado por el consumidor. El Instituto Peruano de Economía (IPE) destaca que la principal causa del aumento de los precios de combustibles es la cotización internacional de combustibles refinados.
Del mismo modo, se debe recordar que la cadena de comercialización de combustibles empieza con la planta de refinación. Un tema que se discutió en su momento era si contar con más refinerías y modernizar la refinería de Talara permitiría mantener precios bajos. El IPE destaca que esto solo podría darse si las refinerías vendieran por debajo del precio internacional, hecho que complicaría la recuperación de costos de inversión.
Consideraciones finales
Ya existen normativas que buscan confrontar a los abusos de posición de dominio o monopólicos, prohibiendo las concertaciones de precios, producción y ventas. Prohibir los monopolios por el hecho de serlo, desincentiva la innovación y búsqueda de eficiencia empresarial.
Se debe recordar que el poder de mercado en sí no es dañino si se utiliza con buenas intenciones y aspirar a un mayor crecimiento económico. Asimismo, la búsqueda de convertir escenarios problemáticos en oportunidades de ganancia, mientras no atente contra el bienestar de los consumidores, es crucial para recuperar el rumbo de la economía.