En medio del incierto panorama político en el Perú, continúa el debate en el sector económico y financiero sobre la situación de las AFP.
La promulgación de la ley que aprobó el retiro de 4 UIT (S/17,200) de los fondos privados de pensiones para las personas que no hayan aportado por un año consecutiva, queda incierta tras el contexto actual. Su autógrafa, hasta el momento, no ha sido remitida al Presidente de la República.
Mientras tanto, la búsqueda de una ley que autoriza a Indecopi a regular las fusiones empresariales se encuentra en espera de una promulgación del nuevo Jefe de Estado. Dicho reglamento fue remitido al Poder Ejecutivo el pasado 5 de noviembre y tiene como plazo máximo el 26 de noviembre para ser decretado. Sin embargo, y como parte de una posible revisión de la ley, aún se desconoce quién ocupará el rol del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Decreto de Urgencia 013-2019, emitida por el ex-presidente Martín Vizcarra, ya establecía una injerencia reguladora de Indecopi al momento de aprobar las fusiones empresariales. Este control ahora incluiría también la revisión de fusiones entre entidades financieras por parte de Indecopi, relegando de sus funciones a la SBS. Diversidades entidades ya han advertido sobre las repercusiones negativas sobre el sistema financiero que podría acarrear la situación.
¿Cuál será la función de la OPP?
El denominado Organismo Público de Pensiones (OPP) se encargaría de planificar, gestionar, y promover el funcionamiento eficiente, del nuevo sistema que propone el legislativo. Sin embargo, aún no queda claro si será el Estado o una entidad privada quien administre los fondos.
Por otro lado, esta organización aspira a generar mayor rentabilidad y dar más beneficios a los pensionistas peruanos. Esto, debido a los problemas administrativos que, según el Congreso, viven los afiliados a las AFP en esta coyuntura.