El día de hoy, el procurador antiterrorista, Milko Ruiz Espinoza, detalló que el Poder Judicial rechazó los hábeas corpus presentados por dos terroristas de Sendero Luminoso: Elena Iparraguirre y Margot Liendo. Ambas exigían su excarcelación debido al riesgo de contraer el covid-19. Asimismo, recalcó que en este tipo de casos, los dirigentes de Sendero Luminoso se amparan por un posible riesgo del covid-19. Por ello, piden arresto domiciliario
Por otro lado, Milko explicó que las decisiones del Poder Judicial se suman, además, al hábeas corpus rechazado a Osmán Morote Barrionuevo, integrante del comité central de Sendero Luminoso. “Hasta el momento eso es lo que se tiene, no quiere decir que posteriormente no se vayan a presentar otros recursos, confiamos en que el Poder Judicial, como ya lo ha hecho, rechace este tipo de recursos”, enfatizó Milko Ruiz.
“En el caso de Morote e Iparraguirre se admitió el recurso y se determinó que no son ciertos los argumentos de que hay peligro de contagio por covid-19, el INPE ha tomado medidas para enfrentar la pandemia, por eso se ha declarado infundado”, explicó Ruiz.
Cabe detallar que, Iparraguirre y Liendo se encuentran detenidas en el establecimiento Penitenciario de Chorrillos. Ambas fueron condenadas con cadena perpetua, debido al atentado terrorista ejecutado en la calle Tarata de Miraflores en 1992. Además, Iparraguirre tiene una condena por cadena perpetua que sigue vigente. Esto, por el delito de terrorismo, en su condición de número 2 por parte de Sendero Luminoso.
Por otra parte, Osmán Morote, cumple prisión de por vida en el penal Ancón 1, debido al caso de Tarata. No obstante, el dirigente senderista se encontraba con arresto domiciliario, luego de cumplir una condena de 25 años de prisión por el delito de terrorismo.
“En estos casos se encuentran a cargo del procurador del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) por ser la entidad demandada, pero como se trata de casos que implican a otras procuradurías especializadas hay una coordinación permanente como defensa del Estado”, detalló Ruiz Espinoza.
En efecto, será fundamental la supervisión, verificación e inspección permanente de los casos mencionados. Esto, con la finalidad de evidenciar que lo establecido se efectúe de forma óptima y pertinente. Del mismo modo, que se brinden detalles con el paso de los días para la actualización del caso.