El jueves 23 de noviembre del presente año, el segundo vicepresidente del Congreso de la República, Waldemar Cerrón, presentó un proyecto de ley. El documento, respaldado por la bancada de Perú Libre, busca que la Policía asuma la conducción de las investigaciones. En cuanto al Ministerio Público, este colaborará con la PNP en el control y manejo jurídico de los actos de investigación.
Los coautores son los siguientes parlamentarios: Kelly Portalatino, Margot Palacios, Américo Gonza, Flavio Cruz y María Agüero. Según los congresistas, la propuesta consiste en “fortalecer el sistema garantista en el desarrollo de los procesos penales (…)”.
Detalles
Lo que Cerrón busca es modificar varios artículos del Código Procesal Penal, en específico el numeral 3 del artículo 61 del mismo ordenamiento. Este contiene información en referencia a las obligaciones y atribuciones del Ministerio Público. Dice lo siguiente: “Interviene permanentemente en todo el desarrollo del proceso. Tiene legitimación para interponer los recursos y medios de impugnación que la ley establece”.
En contraste, lo que el hermano del prófugo Vladimir Cerrón busca es que esa potestad caiga en manos de la Policía Nacional del Perú. Al encargarse ellos de la investigación preliminar, expedida por un fiscal, será su decisión la continuación de la labor de mano de la Fiscalía. Por ello es que la modificación diría que: “Cuando el fiscal dispone el inicio de la investigación preliminar, deberá precisar los actos y el plazo de investigación a desarrollarse bajo función y dirección de investigación de la Policía Nacional quien emitirá un informe si se continúa o no la investigación penal”.
En adición, comentó, en referencia a la PNP, que “en cumplimiento de sus funciones debe, inclusive por propia iniciativa, tomar conocimiento de los delitos y dar cuenta inmediata al fiscal para su emisión de disposición de apertura o no de investigación preliminar, sin perjuicio de realizar las diligencias de urgencia e imprescindibles para impedir sus consecuencias, individualizar a sus autores y partícipes, reunir y asegurar los elementos de convicción que puedan servir para la aplicación de la ley penal”.
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Magistrados
Por otro lado, el segundo vicepresidente propone que la Sala Penal de la Corte Suprema se vea como una tercera instancia. Por ello es que plantea la modificación del numeral B del artículo 53 del Código Procesal Penal, en relación a las causales de fiscales, jueces y procuradores para inhibirse de un caso. Lo que se describe es que esto se da “cuando tenga amistad notoria, enemistad manifiesta o un vínculo de compadrazgo con el imputado, la víctima, o contra sus representantes”.
Finalmente, el parlamentario de Perú Libre piensa en modificar los requerimientos necesarios para recusar al juez en el proceso. Actualmente, esta acción es interpuesta a tres días de conocerse la causal y tres días hábiles previos a la audiencia. Ahora bien, el proyecto de ley cambiaría esto a cualquier etapa del proceso, incluso un día antes de la emisión de sentencia, teniendo que resolverse antes de la audiencia o emisión del acto resolutivo.