El Poder Ejecutivo anunció este miércoles que el servicio de delivery estará habilitado todos los domingos que dure la inmovilización social obligatoria, medida impuesta para contener la pandemia del COVID-19.
La información respectiva fue develada mediante el Decreto Supremo N° 139-2020-PCM publicado hoy en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
«Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio», señala la norma.
Asimismo, están exceptuados del cumplimiento de la inmovilización el personal necesario para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
Además, las actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
«Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia», reza el oficio.