El Poder Judicial rechazó un nuevo hábeas corpus a favor de Pedro Castillo Terrones, expresidente de la República. El recurso buscaba anular el proceso de vacancia en su contra y lograr su liberación al revocar las dos órdenes de prisión preventiva que lo mantienen detenido en la prisión de Barbadillo. En el documento se pedía que el exmandatario enfrentara las investigaciones judiciales en la Fiscalía con ciertas restricciones durante su comparecencia.
Mediante un recurso de hábeas corpus, Irma Castillo Terrones, hermana del expresidente, presentaba una petición para revocar la resolución del Congreso que decretó la destitución de Pedro Castillo. Asimismo, buscaba anular las decisiones judiciales de prisión preventiva relacionadas con el caso conocido como «Golpe de Estado» (18 meses) y el caso de «Corrupción en organización criminal en el Ministerio de Vivienda, Transportes y otros» (36 meses).
En busca de la liberación, la hermana del expresidente pedía la posibilidad de enfrentar su situación legal bajo ciertas restricciones. Solo mientras estuviera en libertad. «La demandante solicita se disponga la inmediata puesta en libertad del beneficiario, Sr. José Pedro Castillo Terrones, quien actualmente se encuentra cumpliendo indebidamente una prisión preventiva en el Penal de Barbadillo, en Ate, solicitando a su honorable despacho clemencia, para mi hermano, y que afronte su proceso en libertad, con la medida de comparecencia con restricciones», mencionaba la solicitud.
Ante ello, el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, a cargo del juez Juan Torres Tasso, declaró «improcedente» el hábeas corpus. Esto se dio tras no haber concurrido la presunta vulneración de su derecho a la libertad individual, motivación de las resoluciones y debido proceso aludido en la demanda constitucional.
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Más argumentos
Irma Castillo Terrones había solicitado al juez que invalidara las decisiones iniciales del tribunal que ordenaron la detención provisional de su hermano. Ella argumentó que el Congreso no siguió adecuadamente el proceso legal necesario para arrestar al expresidente. Así, señaló que, para que Pedro Castillo sea detenido y juzgado, debió levantarse la inmunidad presidencial conforme el artículo 99 de la Constitución y respetarse el procedimiento previsto en el artículo 89 del Reglamento del Congreso.
Sin embargo, el procedimiento que se indica en el Reglamento del Congreso «se ha diseñado para situaciones normales, generales y esperadas». Así lo indicó la Procuraduría del Poder Judicial para levantar el antejuicio de los altos funcionarios.
Además, «en situaciones excepcionales, inusitadas e inesperadas como en la comisión de delito en flagrancia» que requiere un trámite inmediato y urgente. Por ello, el antejuicio político no puede tramitarse bajo las reglas del artículo 89 del Reglamento del Congreso.