La Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el exalcalde de Anguía (región Cajamarca), José Medina, vinculado con el expresidente Pedro Castillo, por buscar acceder anular el mandato de prisión preventiva por 30 meses que se dictó en su contra.
Por medio de su defensa legal, el exalcalde interpuso esta medida en rechazo con una resolución de segunda instancia emitida 19 de agosto del 2022, donde indica que por “sustracción de materia recursiva”, se rechazó un pedido que hizo para que se revisará la orden de detención preliminar por 10 días a raíz del caso Anguía.
Sin embargo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema recalcó que el exburgomaestre, quien lleva la investigación por los presuntos delitos de lavado de activos con agravante y organización criminal en agravio del Estado, ya cuenta con un mandato de prisión preventiva por 30 meses que se le impuso luego de su detención preliminar.
¿Qué dijo el juez?
El tribunal presidido por el magistrado supremo César San Martín señaló en su resolución que «la medida provisionalísima acordada se transformó en una medida provisional de prisión preventiva», por lo que el tiempo transcurrido no permite hacer algún cambio.
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“Por tanto, ya no existe la medida de detención preliminar judicial. Luego, es evidente que, de conformidad con el artículo 321, inciso 1, del Código Procesal Civil, se ha producido la sustracción de la materia: no hay nada que dilucidar jurisdiccionalmente. La medida de prisión preventiva viene a reemplazar, en su línea temporal, a la medida provisionalísima de detención preliminar judicial, por lo que no es de recibo resolver un recurso que ha perdido relevancia o viabilidad procesal al no poder incidir sobre la libertad del imputado al tener en su contra otra medida de coerción personal sucesivo”.