La congresista Rosangella Barbarán presentó el proyecto de ley Nº 4743-2022 que propone la reforma y universalización del sistema previsional peruano. Así, la también presidenta de la Comisión de Economía del Congreso, expone el nuevo modelo que podrían tener las pensiones en el país.
El proyecto de ley se destaca por proponer una cuenta individual de capitalización acumulativa (CICA) para cada uno de los aportantes. La cuenta se creará sin importar si el pensionista se encuentra en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP). La CICA es una nueva denominación para las cuentas individuales de capitalización (CIC). Esta podrá ser manejada por una empresa de operación múltiple (EOM).
Las empresas de operación múltiple son las empresas bancarias, empresas financieras, cajas rurales, cajas municipales de ahorro y crédito, cajas municipales de crédito popular, cooperativas de ahorro y crédito y empresas de desarrollo de la pequeña y micro empresa. En otras palabras, la ley prevé abrir el mercado de pensiones. Estas empresas se encuentran suscritas a la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), por lo que no cualquier persona podrá manejar estas cuentas.
En una CICA, el aportante deposita mensualmente una cifra. A diferencia de una cuenta de ahorros, la cuenta individual de capitalización acumulativa se enfoca en la inversión a largo plazo. Por ende, debería generar rentabilidad. En una cuenta de ahorros solo se generan intereses. En la ley se resalta que las CICAs tendrán las mismas protecciones de ley que sus predecesoras, las CICs. Esto significa que no serán embargables y podrán heredarse.
Además, la ley obliga a las EOM a crear un fondo aparte para guardar las cuentas individuales de capitalización acumulativa. Esto se realiza para proteger a los pensionarios de probables bancarrotas que puedan sufrir las entidades financieras.
Modificaciones a la ONP
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) sufrirá un cambio importante. La propuesta señala que la entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas estará en obligación de abandonar el régimen de reparto. El cálculo del monto individual que le tocará a cada aportante ya registrado se realizará conforme al total de aportes desde su incorporación al sistema. La CICA se ajustará al Índice de Precios al Consumidor (IPC), entendiendo que mantendrán un valor comparable al mercado actual.
La propuesta de ley además busca generar aportes complementarios. Estos se realizarán destinando tres puntos porcentuales del impuesto general a las ventas (IGV) de todas las adquisiciones que una persona natural realice. El aporte se registrará siempre y cuando se consigne la adquisición con el DNI o RUC como persona natural sin negocio. Serán un acompañamiento a los regímenes previsionales vigentes.
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La creación del Fondo Solidario de Pensiones
La nueva legislación prevé la creación del Fondo Solidario de Pensiones (FONSOL). Su función será la de ayudar a alcanzar una pensión mínima para los beneficiarios del sistema. El FONSOL estará compuesto por los ingresos correspondientes a un punto porcentual del IGV de las adquisiciones de las personas jurídicas. Este será administrado por el Poder Ejecutivo.
Finalmente, se creará una pensión mínima. Tendrán derecho de acceder a ella todos los asegurados en edad de jubilación que registren 240 aportes obligatorios o voluntarios y no realicen retiros. Su contenido dependerá del aporte acumulado del afiliado.