El día de hoy la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de Servicios Públicos votó y aprobó por mayoría (8 votos a favor y 1 abstención) el texto sustitutorio sobre el pre dictamen de la Ley de reprogramación extraordinaria de pago de créditos para la protección del ahorro y fortalecimiento del sistema financiero con motivo del estado de emergencia nacional. Esta aliviaría la situación financiera de personas afectadas económicamente por el Estado de Emergencia, evitaría la ruptura de cadena de pagos, protegería a los ahorristas y contribuiría a la solidez del sistema financiero.
Entre los beneficios que otorgaría dicha ley, la cual aún debe ser aprobada en el pleno mediante decreto supremo, estarían la reprogramación del pago de créditos respecto a todo tipo de tarjetas de crédito que permitan la disponibilidad de efectivo o compra de producto, servicio, préstamo revolvente y no revolvente, crédito vehicular e hipotecario para vivienda, etc., sin tomar en cuenta a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (COOPAC).
Asimismo, se establecería un periodo de gracia de 90 días calendario que comprende el no pago del capital, interés compensatorio, cualquier tipo de penalidad, comisión o gasto y podría ser ampliado en común acuerdo entre las partes. Las personas naturales que deseen acoplarse al beneficio, podrían solicitarlo en un máximo de 60 días calendario desde la vigencia de dicha ley.
El asesor de la comisión, Jhonny Peralta acotó que “el dictamen sometido a voto es producto de un evento extraordinario y por ello el beneficio debe ser bien focalizado para evitar filtraciones de empresas que no lo necesitan como sucedió en el programa Reactiva Perú”. En ese sentido, es importante reglamentar correctamente el programa para que llegue a las personas que fueron afectadas directamente por el aislamiento obligatorio y lograr así que no haya un impacto negativo en el sistema financiero.