A través de un decreto supremo publicado esta tarde, el Gobierno autorizó la reanudación del uso de vehículos particulares en esta nueva etapa de cuarentena generalizada a partir del siguiente lunes 25 de mayo. La circulación de los móviles será únicamente permitido para el abastecimiento de alimentos y medicinas, así como para acudir a centros financieros ubicados dentro del distrito de residencia del conductor.
El decreto supremo Nº 094-2020-PCM, promulgado en el Diario Oficial El Peruano, indica que salvo ciertas excepciones, dentro del vehículo solo se podrá trasladar una persona.
El oficio también contempla el uso del vehículo para las actividades laborales contempladas en esta nueva etapa de reactivación económica, pero siempre que se utilicen los permisos pertinentes.
Además, se considera los motivos de servicios de aplicativos móviles para servicios de entrega a domicilio (delivery) prestados por terceros; servicios técnicos y profesionales independientes como técnicos de informática, gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, servicios de peluquerías y cosmetología, ferreterías, servicios de limpieza o asistencia del hogar.