Tras dos días de sesiones en el Poder Judicial, la jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho declaró infundado el pedido de la Fiscalía de dictar 18 meses de prisión preventiva en contra del expresidente Martín Vizcarra. En su lugar, dictó comparecencia restringida.
Así, queda desestimada la solicitud del Ministerio Público a través del fiscal Germán Juárez Atoche, quien investiga a Vizcarra Cornejo por la presunta recepción de sobornos de las empresas Obrainsa e ICCGSA en el caso Club de la Construcción.
«Declarar infundado el requerimiento de prisión preventiva (…) y se impone al investigado, Martín Vizcarra Cornejo, la medida de comparecencia con restricciones», indicó la jueza del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Especializado en Delitos de Corrupción.
En tal sentido, la magistrada dispuso que Vizcarra Cornejo cumpla con la obligación de no ausentarse de la localidad en que reside, sin previa autorización judicial, así como presentarse ante la autoridad fiscal y judicial, las veces que sea requerido.
Asimismo, deberá presentarse ante la autoridad judicial de manera mensual a través del sistema de control virtual penal de procesados, mientras se mantengan vigentes medidas contra el covid-19, siendo que «si estas son levantadas se hará de modo presencial».
Además, se dispuso la prohibición de comunicarse por cualquier medio de comunicación, teléfono, entre otros, así como concurrir a residencias o establecimientos penitenciarios de coimputados vinculados a la investigación.
También, se estableció el impedimento de mantener contacto o asistir a las entidades públicas o privadas que tengan que ver con investigación; y la prohibición de exponer en medios de comunicación masiva aspectos relacionados al contenido de la investigación preparatoria, así como del proceso penal.
Por último, se le impuso la prestación de una caución económica de 100,000 soles, suma que deberá ser cancelada en el plazo de diez días hábiles.