El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los Índices de Distribución del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales beneficiados. Los gobiernos están en el anexo publicado junto a la Resolución Ministerial en la página del MEF.
Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial 270-2020-EF/50 publicada ayer en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario El Peruano.
Esto también fue anunciado ayer por el presidente Martín Vizcarra en conferencia de prensa. “Hoy la ministra ha firmado y publicado la resolución ministerial 270-2020 donde determina los índices para la transferencia del canon minero” señaló el mandatario.
Vizcarra añadió que se está llevando a cabo un paquete de transferencias que incluye mayores recursos para el Fondo de Compensación Municipal (Foncomún), y que en setiembre se transferirán S/706 millones para todos los municipios.
El artículo 9 de la Ley 27506 señala que el canon minero está constituido por el 50% del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos.
El numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley 27056, establece los porcentajes para la distribución del canon minero a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales de acuerdo a los índices de distribución que fije el MEF en base a criterios de población y necesidades básicas insatisfechas.