El ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, anunció el día de ayer que el Gobierno presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el TC por ser «mala e inconstitucional» sobre la ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros mediante la fijación de un tope a las tasas de interés.
«La medida es muy bien intencionada pero, se ha intentado practicar hace 80 años en 20 países y nunca ha resultado. Por eso, estamos presentando la demanda ante el TC para que declarare inconstitucional esta ley por ser mala», declaró en la conferencia de prensa.
De la misma forma, el titular del MEF explicó que esta norma va a racionar el crédito, pues las entidades financieras no van a querer prestar. En consecuencia, los créditos baratos se lo llevarán las grandes empresas o personas más ricas, mientras que el resto de la población será relegada a pedir préstamos con usureros.
«Las familias ricas serán los primeros de la cola, pero esa gente que se queda fuera del sistema financiero necesita el crédito. ¿Dónde irán a prestarse? Al sector informal donde están los usureros. La ley que pretende protegernos de la usura nos lleva a manos de los usureros», sostuvo Mendoza.
¿De qué trata la ley?
El mes pasado, con 85 votos a favor, 8 en contra y 12 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley N° 31143, «que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros». Se trata de una medida que faculta al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) a establecer los topes máximos y mínimos de las tasas de interés cada seis meses. De esta forma, las tasas de interés que cobren las empresas del sistema financiero deberán estar dentro del límite establecido. Además, la mencionada entidad deberá propiciar que los intereses sean determinados por libre competencia, dentro de las tasas máximas que fije para ello en ejercicio de sus atribuciones.
En concreto, la autógrafa aprobada modifica el primer párrafo del artículo 52° del Decreto Ley N° 26123, Ley Orgánica del Banco Central de Reserva. En tal sentido, el texto modificado indicaría lo siguiente: «El Banco tiene la facultad de fijar tasas de interés máximas y mínimos, en forma semestral, con el propósito de regular el mercado. Dicha competencia no puede ser delegada a otra entidad». Este texto, anteriormente, solo facultaba excepcionalmente al BCR para la fijación de las tasas de intereses máximos y mínimos.
Antecedentes
Cabe resaltar que la ley aprobada por el Congreso el 18 de febrero del presente año, ya había sido puesta en cuestionamiento desde el Poder Ejecutivo el mismo mes. De la misma forma, según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la norma es inconstitucional y afecta el proceso de inclusión financiera, lo que conllevaría a que los bancos otorguen menos préstamos a los usuarios.
Fundamento de inconstitucionalidad
Como sostuvo el titular del MEF, la ley N° 31143 presenta varios «pisos de inconstitucionalidad». En primer lugar, se encuentra el artículo 52° de la ley orgánica del BCR que sostiene que el Banco Central de Reserva puede excepcionalmente fijar las tasas de interés. No obstante, la propuesta legislativa también señala que el Banco puede fijar las tasas de interés máximas y mínimas en forma semestral. Es decir, deja de ser excepcional. Por lo tanto, ¿cuál es el problema? Según Mendoza, la idea de los legisladores no es fijar las tasas hasta su punto máximo, sino más bien, hacia lo más mínimo, lo cual haría que se abaraten las tasas de interés.
En principio, como sostuvo el ministro, parece una buena noticia; pero, en temas económicos no. Recordemos que cuando la tasa de interés se abarata, una considerable cantidad de hogares y un gran abanico de empresas van a querer prestarse porque el crédito estará barato. Entonces, desde el punto de vista de una financiera, una caja municipal o un banco, si la tasa de interés está barata no van querer realizar préstamos. En consecuencia, todas estas empresas y familias querrán prestarse pero no habrá quien oferte. En estas condiciones, las cajas municipales, las micro financieras y los bancos racionalizarán el crédito. Por tanto, le prestarán a un cliente seguro y con capacidad de pago. «De esta manera, quienes quedarán afuera serán los más modestos, los más vulnerables, los hogares sin recursos y las PYMES».
¿Qué propone el gobierno para las microempresas?
Mendoza precisó que los bancos grandes, medianos e incluso los que prestan para el consumo, se han recuperado rápidamente de la pandemia. Sin embargo, un sector de nuestro sistema financiero, el que respecta a las pequeñas y microempresas, están registrando un deterioro gradual de sus carteras pesadas. Por lo que, no están pagando oportunamente sus créditos. En este sentido, explicó por qué el Gobierno de transición y emergencia, está proponiendo la capitalización de estas empresas de manera temporal.
«Estas empresas son importantes para el país. Captan aproximadamente 30 mil millones de soles como depósitos y hay casi 8 millones de depositantes. Casi la mitad de los créditos que reciben las microempresas provienen de estas instituciones financieras. Por eso, vamos a capitalizarlas. No es un problema de gestión, es un problema de la coyuntura», mencionó al finalizar la rueda de prensa.