El pleno del Tribunal Constitucional (TC), mediante una sesión virtual, votó a favor de admitir la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo en contra de la «Ley que suspende el cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y local concesionada, durante el Estado de Emergencia Nacional declarado a causa del brote del COVID-19«.
Como se recuerda, la autógrafa fue aprobada el pasado 9 de mayo por insistencia en el Congreso de la República con 102 votos a favor, 1 en contra y 25 abstenciones; no obstante, el Ejecutivo indicó que la Ley Nº 31018 contraviene con los artículos 2 y 62 de la Constitución Política del Perú de 1993, por lo tanto, decidió llevar el caso ante el TC.
Los funcionarios del Gobierno, entre ellos el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, aseguraron que la iniciativa que suspende el cobro de los peajes podría traer consecuencias en tribunales de arbitraje internacional, lo cual podría terminar en una demanda contra el estado peruano y el pago de una reparación a las empresas afectadas.
«Esta norma quebranta unilateralmente los contratos contractuales, queramos o no esta es una concesión sujeta a un contrato de dos partes, y lo otro más delicado es que contraviene abiertamente al artículo 2 de la Constitución, y esto puede motivar que el Gobierno sea denunciado a un tribunal arbitral», señaló Zeballos.
Proceso
El proceso que se seguirá, según la presidente del TC, Marianella Ledesma, es informar a las partes que la demanda ha sido admitida a trámite.
Luego, el Parlamento Nacional, como parte demandada, contará con 30 días hábiles para contestar al planteamiento realizado por el Poder Ejecutivo
Acto seguido, se elaborará un informe oral donde se escuchará el sustento de ambas partes y el TC está habilitado para resolver y emitir un fallo respecto a la demanda.
El íntegro del TC decidió que el magistrado Augusto Ferrero, será el encargado de prepara la ponencia de sentencia, la cual será puesta a votación del resto de miembros del organismo autónomo.