La Procuraduría de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) interpuso, ante la jurisdicción constitucional, una demanda de amparo contra el Equipo Especial Lava Jato. En este, se cuestiona el archivo de la denuncia por defraudación tributaria impuesta contra exfuncionarios de Odebrecht.
Como se recuerda, en 2018 la SUNAT denunció penalmente a extrabajadores de la empresa Odebrecht por el delito de defraudación tributaria. El mismo, fue cometido por el presunto ocultamiento de ingresos en la declaración del impuesto a la renta del ejercicio en el 2011.
Los fiscales Domingo Pérez y Rafael Vela archivaron la denuncia en septiembre del 2019, pues consideraban que tuvo como referencia el uso de información del acuerdo de colaboración eficaz (homologado y firmado entre febrero y julio del 2019). Cabe destacar que el informe que lo acompañaba estaba basado en noticias periodísticas sobre el mismo.
Dicho accionar llevó a la SUNAT a presentar una demanda de amparo ante un juez constitucional. Demanda admitida por el 11° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (Subespecialidad en Temas Tributarios, Aduaneros e Indecopi).
¿Cuál es el fin de la demanda?
La demanda busca anular dos resoluciones ejecutadas por los miembros del equipo Lava Jato que «vulnerarían el debido proceso». Esto, al excluir al exvicepresidente de Odebrecht en Perú Jorge Barata y a otros exfuncionarios de la denuncia presentada por la SUNAT.
Además, la demanda arguye que los indicios del delito se basan en documentación contable y legal. Esta se obtuvo de Odebrecht en el marco del procedimiento de fiscalización realizado en el 2017, mas no del acuerdo de colaboración.
Asimismo, añade que los fiscales Pérez y Vela no tenían competencia para delitos tributarios. Por ello, no tendrían autoridad para excluir a los exfuncionarios de la investigación por la presunta comisión del delito de defraudación tributaria.
Cabe resaltar que el fiscal Pérez, una vez notificado de la demanda, declaró ante El Comercio que la acción de amparo solo busca afectar la norma de colaboración eficaz por medio de un pronunciamiento en sede constitucional.