La Segunda Sala Penal de Apelaciones decidió dejar al voto la apelación presentada por el Ministerio Público respecto a suspender por dos años y medio las actividades del partido Fuerza Popular. Esto en el marco del caso Cócteles (Odebrecht) por el presunto delito de lavado de activos.
Posición del Ministerio Público
El fiscal superior Wilfredo Mendoza, representante del Ministerio Público en este caso, solicitó que se declaren infundados los pedidos de Fuerza Popular. Estos incluyen la vigilancia judicial y que se admita el pedido de la Fiscalía para suspender por dos años y medio al partido político.
Mendoza indicó que la medida solo permite observar la información financiera, por lo que aún existe un peligro concreto de «reiteración delictiva».
Cabe resaltar que en diciembre de 2020 el magistrado Víctor Zuñiga Uray dictó la vigilancia judicial al partido por 24 meses. Esto luego de rechazar en primera instancia el pedido del fiscal José Domingo Pérez para suspender a Fuerza Popular.
Defensa de Fuerza Popular
En su turno, el abogado del partido, Christian Salas, consideró que “los efectos lesivos del delito de lavado de activos tiene que ver con afectaciones al ámbito financiero, al ámbito económico, al ámbito democrático, sin duda”. Sin embargo, mostró su disconformidad con que el partido incluya un análisis de cómo se pagarán las deudas.
«No podemos, para resolver un planteamiento de las partes en un caso emblemático, alejarnos del derecho procesal, al contrario, hay que basarnos en los principios procesales”, agregó.
Finalmente, el presidente de la Segunda Sala de Apelaciones, Iván Quispe Aucca, informó que en los próximos días se resolverán tanto las impugnaciones de la Fiscalía como las del partido Fuerza Popular.