El día de ayer, el Congreso de la República admitió con 89 votos a favor, la reforma que enmienda los artículos del título VI del financiamiento de los Partidos Políticos de la Ley 28094. Esta última versión exhorta de posibles sanciones a las organizaciones por faltas graves.
El pasado miércoles, el Congreso suspendió la votación sobre la norma que aprueba cambios a la normativa sobre el financiamiento de partidos. Sin embargo, ayer se retomó la sesión extraordinaria con aprobación de 89 votos, 35 en contra y 2 abstenciones.
Modificaciones
- El Estado ocupará el al 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada voto emitido para elegir representantes al Legislativo. Se otorgan con cargo al Presupuesto General de la República y los partidos políticos los admiten para valerlos, durante el quinquenio posterior a la mencionada elección.
- Las agrupaciones políticas están obligadas a autorizar a la ONPE el acceso a las respectivas cuentas de los bancos afiliados con el fin de que se supervisen los reportes entregados.
- El texto compromete a los partidos en informar sus aportes en los respectivos plazos pactados por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y determina la creación del Portal Digital de Financiamiento (PDF). En ese espacio se introducirán las cuentas e informes.
- Los aportes privados y los que no asuman más de la cuarta parte de una UIT se llevarán a cabo un recibo de dicha aportación. La entidad bancaria respectiva debe corroborar dichas transacciones que se hicieron a la cuenta de la organización política.
- Las organizaciones no podrán recibir ningún monto bancario por parte de fuentes anónimas.
- El 50% del aporte público solo podrá utilizarse para gastos que impliquen el funcionamiento diario, tomando en cuenta la compra de bienes necesarios para realizar las actividades.
De acuerdo con el texto, el Pleno del Parlamento Nacional declaró que estas medidas regulatorias entrarán en rigor a partir de las Elecciones Generales del 2021, las cuales se suscitarán en abril del año entrante.