La Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) admitió la denuncia de Acción Popular en contra del presidente Vizcarra por «la presunta vulneración» de la neutralidad electoral.
El documento fue inscrito y firmado digitalmente por la abogada especialista en asistencia electoral del JNE el martes 27 de octubre. La solicitud fue presentada por el abogado de Acción Popular, Fernando Arias-Stella Castillo, 6 días antes, 21 de octubre.
Sin embargo, el excongresista y actual precandidato a la Presidencia del partido de la lampa, Edmundo del Águila, anunció la aceptación del expediente un día después de la entrega de la denuncia.
Hasta el momento, el expediente que demanda al primer mandatario se encuentra en «etapa trámite», según el JNE.
¿Cuáles son las acusaciones?
El pasado 19 de octubre, el presidente Vizcarra declaró que dos miembros de diferentes bancadas – Acción Popular (AP) y Alianza para el Progreso (APP) – le pidieron postergar los comicios generales 2021. No obstante, en su entrevista con Rosa María Palacios, no dio a conocer ningún nombre.
«Hubo un pedido de un miembro de AP y APP. En estas conversaciones, simplemente se analizó las diferentes perspectivas, dado que esa conversación se dio en medio de la pandemia. No ahora, cuando las cifras subían, subían y subían», sostuvo el jefe de Estado.
Según la denuncia, el presidente Vizcarra «violó la neutralidad en periodo electoral, solicitando que la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales emita el correspondiente informe y que se remita lo actuado al Ministerio Público y al Congreso de la República por la comisión de conducta infractora al principio de neutralidad».
Respecto al tema, la Ley Orgánica de Elecciones señala en su artículo 346 que «está prohibido a toda autoridad política practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato», argumento usado por AP para sostener su posición.
En la misma línea, el Reglamento de Propagan Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en periodo electoral señala en su artículo 33.1 que es el Jurado Electoral Especial (JEE) el encargado de evaluar la documentación y remitirlo al Ministerio Público y Contraloría General.
No obstante, el JEE aún no está instalado. Por tanto, quien asume la denuncia, según el reglamento, es la Dirección Central de Gestión Institucional (DCGI) del JNE.
Asimismo, el DGCI sería el encargado de evaluar la documentación y determinar si inician un proceso de sanción en contra del mandatario Martín Vizcarra. Pero antes deben dar a conocer la denuncia al jefe de Estado y escuchar sus descargos.
Expediente en trámite respecto a la denuncia de AP
Martín Vizcarra, informe JN… by Juan Diego Cabrera Maquera