El 7 de marzo, el Congreso peruano aprobó una moción para inhabilitar a Aldo Vásquez e Inés Tello, miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), por 10 años mientras continúen ejerciendo sus cargos. Esta decisión se basó en acusaciones de violaciones constitucionales dirigidas contra los dos miembros del JNJ.
La sesión plenaria duró aproximadamente siete horas, con varias horas de debate. La votación fue fuerte, resultando en 67 votos a favor de la inhabilitación de los dos miembros del JNJ, que es justo el número necesario para grabarlo en piedra. Esto significa que los dos miembros del JNJ ya no podrán ocupar cargos públicos durante los próximos 10 años.
Es importante recordar que la Constitución peruana, como cualquier otra constitución, tiene disposiciones específicas que describen los mecanismos de destitución de jueces y otros funcionarios públicos. La JNJ es responsable de nominar, evaluar y sancionar a jueces y otras autoridades dentro del sistema legal. Su independencia es crucial para el correcto funcionamiento del sistema judicial y para garantizar el respeto del Estado de derecho.
- Los sucesos más importantes del debate:
- Votación contra la JNJ: El Congreso debatió sobre la posible destitución e inhabilitación de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). El debate se centró en la acusación constitucional contra los miembros de la JNJ y su posible inhabilitación por 10 años.
- Acusación por parte de la JNJ: El presidente de la JNJ, Humberto de la Haza, acusó a los congresistas de intentar obstruir la justicia y buscar archivar o prescribir casos.
- Defensa de la JNJ: Los miembros de la JNJ presentaron sus argumentos de defensa, incluyendo cuestionamientos sobre la falta de proporcionalidad en la propuesta de sanción.
- Admisión de amparo interpuesto por la JNJ: A pesar de la acción de amparo interpuesta por la JNJ, el Congreso continuó debatiendo la destitución e inhabilitación de sus miembros. La Primera Sala Constitucional de Lima admitió a trámite el recurso de amparo que interpuso la JNJ contra el Parlamento.
- Reconsideración de votaciones: Se llevaron a cabo varias votaciones y reconsideraciones sobre la inhabilitación de distintos miembros de la Junta Nacional de Justicia.
- Inhabilitación de Aldo Vásquez: En reconsideración con 67 votos a favor, el Pleno del Congreso votó a favor de inhabilitar por 10 años en la función pública a Aldo Vásquez, vicepresidente de la Junta Nacional de Justicia.
- Rechazo de inhabilitación de Guillermo Thornberry: El Pleno del Congreso rechazó la inhabilitación por 10 años en la función pública del magistrado Guillermo Thornberry.
- Rechazo de inhabilitación de Henry Ávila: El Congreso rechazó la inhabilitación por 10 años en la función pública a Henry José Ávila, exintegrante de la Junta Nacional de Justicia.
- Salvación de Imelda Tumialán: Con 50 votos a favor, el Congreso rechazó la inhabilitación por 10 años en la función pública de Imelda Tumialán.
- Acusación a María Zavala: El Congreso rechazó la acusación contra María Zavala, integrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). No se alcanzaron los votos requeridos para inhabilitar a María Zavala por 10 años en la función pública.
- Inés Tello desconoce inhabilitación por voto de José Luna: Inés Tello solicitó que se declare inexistente su inhabilitación debido a la votación indebida de José Luna, miembro de la Comisión Permanente.
- Respuesta a pedido de Inés Tello: El Congreso respondió a la solicitud de Inés Tello para declarar inexistente el acuerdo de su inhabilitación. Argumentaron que José Luna, miembro de la Comisión Permanente, no ejerció su voto en esa comisión, por lo que estaría habilitado para votar en el Pleno.
- De la Haza sigue en polémica: Pese a haberse salvado de la inhabilitación, parte de la representación de la izquierda en el congreso denunció que faltaba la votación de la reconsideración sobre la inhabilitación del mismo.
- 11 de marzo: El primer vicepresidente del Parlamento, Luis Alegría, suspendió el Pleno del Congreso hasta el lunes 11 de marzo a las 4 de la tarde.
Defensas de Inés Tello y Aldo Vásquez
En su defensa, Inés Tello argumentó que su nombramiento fue por cinco años y que no infringió ninguna norma mientras desempeñaba su cargo. Ante el Congreso, expresó: «Mi nombramiento no viola norma alguna, es completamente legal. Este juicio sentará un precedente respecto al respeto de los derechos humanos de las personas mayores. No pido un trato especial, solo el respeto a mis derechos».
Tello de Ñecco comentó que el proceso en su contra se basa en una interpretación apartada de la Constitución, señalando que «las normas constitucionales no son leídas en forma aislada». Además, defendió que su designación se ajustó a los criterios del Tribunal Constitucional y a los tratados de derechos humanos, siendo elegida por unanimidad tras ser entrevistada y cumplir con los requisitos.
La magistrada concluyó afirmando que cumplió con su función de acuerdo a lo establecido por la Constitución, destacando que este debate no es nuevo y que la jurisprudencia ha tenido oportunidad de pronunciarse al respecto.
Omar Cairo, abogado de Inés Tello de Ñecco, declaró que no reconoce la decisión del Congreso de inhabilitar a su clienta. Argumentó que la decisión es inválida porque se contabilizó el voto del congresista José Luna (Podemos Perú), a pesar de que él integra la Comisión Permanente, lo que viola el reglamento del Parlamento y la Constitución. Ante esto, el congresista Cavero recurrió a la hermenéutica parlamentaria para argumentar que el congresista Luna al no votar en la comisión permanente estaba habilitado para hacerlo en el pleno, pues la motivación de la norma es evitar la duplicidad de los votos.
Por otro lado, Aldo Vásquez, vicepresidente de la JNJ, expresó su preocupación por el irrespeto a las instituciones democráticas en el país. Enfatizó que respetar las instituciones democráticas es necesario para que el país mantenga su lugar en la comunidad internacional. Advirtió, en su derecho de defensa ante el pleno del Congreso de la República por la denuncia constitucional 373, que el proceso llevado a cabo por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), sugiriendo que se han vulnerado derechos fundamentales de los miembros de la JNJ, como la imparcialidad y objetividad, especialmente en el informe presentado por el congresista Esdras Medina.
Es relevante señalar que esta inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez también ha generado polémica. Algunos sostienen que la decisión es desproporcionada e injustificada, mientras que otros la ven necesaria para restablecer el Estado de derecho en el país. Sin embargo, es importante reconocer que la decisión se tomó con base en la evidencia presentada por el partido contrario y representa la mayoría de votos del congreso, lo cual es jurídicamente vinculante.
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Conclusión
En suma, la decisión del Congreso peruano de inhabilitar a Aldo Vásquez e Inés Tello, miembros de la JNJ, ha generado un debate significativo sobre las normas y procedimientos que rigen la destitución de funcionarios públicos. Ambos defendieron su derecho a permanecer en sus cargos, argumentando que no infringieron ninguna norma. Sin embargo, la decisión del Congreso es jurídicamente vinculante y ha abierto un espacio para un debate más amplio sobre el papel de las instituciones democráticas en Perú.