Carlos Estremadoyro, ministro de Transportes y Comunicaciones, anunció que ya está listo el decreto de urgencia, que autoriza el otorgamiento de un subsidio económico indirecto al servicio de transportes en el Sistema del Metropolitano.
Esta medida temporal busca que no suban los pasajes ni se perjudiquen las empresas que actualmente operan con limitaciones por la pandemia. El objetivo es garantizar la continuidad del servicio.
Esta acción se concretó mediante el Decreto de Urgencia N° 091-2020, publicado ayer en el Diario Oficial El Peruano. Ello en el cumplimiento de las normas sanitarias dispuestas en el marco del proceso de Reanudación de Actividades establecido mediante el Decreto Supremo Nº 080-2020- PCM y modificatorias; y garantizando la continuidad del servicio.
Asimismo, el MTC explicó que el monto de este subsidio es de S/13 millones 433,659 soles que se entregará a la Municipalidad Metropolitana de Lima con la finalidad de que se encargue de su administración y distribución.
“Ya tenemos el Decreto de Urgencia que [a los concesionarios] les permitirá seguir trabajando y vamos a ayudar a que este modelo de transporte que se ha implementado para evitar la expansión de la pandemia pueda continuar sin problema”, señaló el ministro Estremadoyro.
Por otro lado, María Jara, presidenta de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU), y el presidente del directorio de Protransporte, Juan Pablo de la Guerra, firmaron las adendas de los contratos de concesión del Metropolitano y los corredores complementarios como parte del proceso de fusión.
A partir de ahora Protransporte formará parte de la ATU. Esta fusión marca un hito en la historia del transporte en Lima y Callao, pues por primera vez una sola entidad operará los sistemas de transporte de Lima y Callao. Esta cesión de posición contractual fue posible luego de que el MEF emitiera un informe de no objeción a los proyectos de adendas.
Cabe indicar que el presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
¿De qué trata el subsidio económico?
Los 13.4 millones de soles permiten un subsidio económico indirecto a los pasajeros del Cosac I.
Consiste en el pago del diferencial resultante entre el valor de la tarifa Covid referencial aplicable (cerca de 7.00 soles) y el valor actual de la tarifa al usuario (2.50 soles).
Asimismo, se autoriza a la Municipalidad Metropolitana de Lima el otorgamiento excepcional de un subsidio económico destinado a cubrir la diferencia entre el valor de la tarifa Covid referencial aplicable y el valor actual de la tarifa al usuario.
El otorgamiento del subsidio económico señalado no afecta la continuidad del proceso de fusión establecido en la Ley Nº 30900, Ley de Creación de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y sus modificatorias.
La fecha de inicio de entrega del subsidio se establece mediante acto resolutivo emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
El subsidio se otorga por el plazo de 30 días calendario, siempre que se verifiquen las condiciones del Estado de Emergencia Sanitaria que originen la reducción del aforo permitido (número de asientos permitidos), en las unidades vehiculares del servicio del Cosac I.