El congresista Freddy Díaz Monago enfrenta una denuncia constitucional por infracción de la Constitución Política del Perú, ello en referencia a la presunta comisión del delito de violación sexual contra una trabajadora del parlamento. El documento fue remitido a la nueva presidenta del Congreso, Lady Camones. Además, se encuentra firmado por los parlamentarios Edward Málaga (Partido Morado) , Flor Pablo (Partido Morado) , Alcarraz Aguero (Somos Perú-Partido Morado), Adriana Tudela (Avanza País), Susel Paredes (Partido Morado) y Ruth Luque (Juntos por el Perú).
El expediente «Denuncia Constitucional por infracción de la Constitución contra el congresista Freddy Díaz Monago» solicita declarar procedente la acusación contra el congresista. Además, se pide su inhabilitación por 10 años de la función pública, ello sin perjuicio de sus demás responsabilidades penales y éticas.
De acuerdo a los fundamentos de derecho señalados en el documento presentado, los parlamentarios consideran que son «evidentes los hechos que se le atribuyen». Asimismo, señalaron la cuestión de imagen y credibilidad del Parlamento, así como el compromiso del Estado en relación a la protección de las personas.
«Los hechos que se le atribuyen dan cuenta de una cultura machista, en la que la violencia contra la mujer es tolerada. Por ello, como representantes de la Nación no podemos ser indiferentes ante este tipo de prácticas que deben ser repudiadas y combatidas en todos los espacios posibles», señala el expediente presentado hoy, 11 de agosto del 2022.
LEE TAMBIÉN: María del Carmen Alva reacciona agresivamente contra Isabel Cortez: ¿qué sucedió entre las congresistas?
¿Qué dice la denuncia constitucional contra el presunto violador Freddy Díaz?
El documento realizó una recopilación de los hechos registrados en contra el parlamentario, siendo el punto inicial la denuncia presentada el 27 de julio del 2022. Asimismo, señalan la respuesta del Ministerio Público tras iniciar una investigación preliminar por el presunto delito contra la libertad sexual. La modalidad corresponde a la «violación de personas en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir».
Lo mencionado corresponde al artículo 171 del Código Penal, donde se criminaliza a la persona que practica el acto sexual tras haberla puesto en dicha condición de inconsciencia o imposibilidad de resistir. Cabe resaltar que, el delito establece una pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años.
En la misma línea, se solicitó al Poder Judicial el impedimento de salida del país contra el presunto violador Monago. Por su lado, la directora del Programa Aurora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Angela Acevedo, anunció que se solicitó una orden de prisión preventiva contra el parlamentario expulsado de Alianza para el Progreso (APP).