A más de una semana de la muerte del líder terrorista conocido como Camarada Gonzalo, finalmente se llevó a cabo la cremación de su cuerpo. Tal acción fue posible a raíz de la promulgación de la Ley N° 31352 que fue propuesta, en un inicio, por el Ministerio Público.
Ley N° 31352
Ante la urgencia del vació legal sobre cómo proceder con los cuerpos de terroristas, el Ministerio Público, en su facultad constitucional prevista en el Art. 159, inciso 7, tomó la iniciativa legislativa para regular sobre el caso en discusión. El proyecto de ley, que busca facultar al juez o fiscal para disponer del destino final de cadáveres en casos de posible afectación a la seguridad y orden público, luego de seguir el procedimiento estipulado en el reglamento del Congreso, fue promulgado por el presidente de la República el 21 de setiembre del presente año.
Así, el objeto de la norma es incorporar el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de la Salud; con la finalidad de «establecer el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por los delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrantes de la cúpula de organizaciones terroristas».
Incineración de Abimael Guzmán
El Ministerio Público informó que el cadáver del cabecilla de Sendero Luminoso fue cremado durante la madrugada en el Hospital Centro Médico Naval del Callao. A este proceso, acudieron tanto el Ministro de Justicia y Derechos Humanos como el Ministro del Interior en compañía de un miembro representante del Ministerio Público. Finalmente, las cenizas del difunto genocida son de estricta reserva, según lo establecido en la ley.
Así termina Abimael Guzmán, el líder de Sendero Luminoso que fue condenado a cadena perpetua de por vida. Cabe destacar que el daño que causó su ideología es irreparable, y forma parte de la memoria histórica de un país que tuvo que afrontar una de las épocas más terroríficas, el Conflicto Armado Interno.