El expresidente de la República, Pedro Castillo, estará en prisión preventiva 18 meses, luego de que el juez Juan Carlos Chekley determinara dicha sentencia contra el exmandatario, quien deberá cumplir el encierro mientras duran las investigaciones. Entre los presuntos delitos que se le imputan se encuentran: rebelión y conspiración, teniendo como modalidad el abuso de autoridad y contra la tranquilidad pública en agravio del Estado.
Por otro lado, su expremier Aníbal Torres cumplirá comparecencia con restricciones debido a su edad. Entre los requisitos está no ausentarse de su lugar de residencia y presentarse ante las autoridades fiscales o judiciales cuando requieran su presencia.
La audiencia para evaluar el pedido de prisión preventiva contra el expresidente de la República y su expremier inició en la mañana. La medida tiene el objetivo de investigarlos por el presunto delito de rebelión.
El magistrado dio a conocer la decisión a las 5:00 de la tarde. Según la Fiscalía, en su requerimiento de prisión preventiva, el exmandatario Castillo podría afrontar una condena como mínimo de 10 años de cárcel, por intentar un golpe de Estado el pasado 7 de diciembre, cuando buscó cerrar el congreso de manera inconstitucional.
Lectura de sentencia
El juez determinó que existen elementos de convicción de presunta conspiración para Castillo junto con Torres. Por otro lado, se sumarían Betssy Chávez y Willy Huerta, dado que habrían acordado la decisión de disolver el Congreso e ir en contra del orden constitucional.
También realizó el presunto delito de rebelión. El magistrado detalló que uno de los elementos de convicción fue el día que dio el mensaje de la Nación, siendo el inicio del plan para perpetrar un golpe de Estado.
En cuanto al presunto delito de abuso de autoridad, el exmandatario ordenó que se cometa un acto arbitrario, que iba más allá se su autoridad. En este caso, intentó actuar en contra de la Constitución Política, siendo él presidente de la República.
Asimismo, el juez resaltó que hay elementos de convicción para pensar en una posible fuga por parte de Castillo, como cuando tenía la intensión de pedir asilo político a México. Para tal caso, presentó como prueba la declaración del canciller mexicano ofreciéndole asilarlo.
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Defensa legal de Castillo no participó de la audiencia
Ronald Atencio expresó que no existen las “garantías mínimas en el debido proceso”. Raúl Noblecilla tampoco acudió a la audiencia. Según en una publicación de Facebook por el abogado Atencio, manifestó que ambos letrados no estarían en la defensa del expresidente, debido a “muchos argumentos que impulsaron a tomar esa decisión”.
Asimismo, el abogado enumeró los motivos para no presentarse a la diligencia: la vacancia ilegal y exprés”, el “levantamiento del antejuicio ilegal y exprés”, la programación de “audiencia exprés para seguir manteniendo a Pedro Castillo”, “convalidación ilegal del juez del levantamiento del antejuicio” y el habeas corpus sin resolver que se interpuso contra la decisión del Congreso de levantar el fuero del exmandatario.
Esta situación hizo que se le asignara un abogado de oficio, quién fue el que asumió la defensa de Castillo en esta audiencia. El abogado Ítalo Díaz fue en encargado de ejercer dicha tarea.
Argumentos de la Fiscalía
El fiscal supremo, Alcides Chinchay, argumentó que la detención de Pedro Castillo ocurrió en flagrancia del delito de rebelión. También resaltó que el expresidente invocó a las Fuerzas Armadas con la intención de concretar su golpe de Estado. Sin embargo, si no entraron en acción, es porque no acataron la orden.
Chinchay mencionó el mensaje a la Nación donde Castillo había anunciado la disolución del parlamento y el sistema de justicia, y también tomó como prueba las declaraciones de distintos funcionarios cercanos a su entorno, de los investigados por corrupción y de miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP).
Asimismo, en el caso de Aníbal Torres, resaltó las declaraciones de distintos exministros que estuvieron durante el intento de golpe de Estado que lo involucran como principal participante, junto a Betssy Chávez. La clandestinidad de Torres también fue determinante para que se tome como un argumento de convicción para pedir la prisión preventiva.
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Argumentos de la defensa de Pedro Castillo
Ítalo Díaz, el abogado asignado a Pedro Castillo, señaló que, si bien el canciller mexicano, Marcelo Ebrard, indicó que si le darían el asilo político al expresidente, él no solicitó en ningún momento esta medida. Díaz citó las declaraciones de Ebrard: “si Pedro Castillo viaja a México, se lo damos. Pero no lo ha solicitado”.
También, argumentó que los dichos de los colaboradores eficaces no son una prueba tangible solo son “presuntos hechos”. También, resaltó el lugar de domicilio del exjefe de Estado, ya que su domicilio se encuentra registrado en Chota, Cajamarca. En adición, mencionó su labor como profesor y su arraigo familiar, teniendo dos hijos menores de edad que dependen económicamente de él.
Duberlí Rodríguez, abogado defensor de Aníbal Torres, mencionó que la Fiscalía no tiene pruebas de que su patrocinado se haya levantado en armas y que, pese a haber estado en Palacio de Gobierno en el momento del mensaje a la Nación, no hay ningún hecho que demuestre su participación en una presunta rebelión.
Por su parte, Aníbal Torres participó de la audiencia desde la clandestinidad. Le dieron la palabra al final de todas las exposiciones de los abogados y se le pidió que encendiera su cámara.
“Lo que ha mencionado mi abogado corresponde a la realidad que ha sucedido, a la realidad material y la realidad jurídica. Estoy conforme con la defensa de mi abogado”, declaró en la audiencia.