Diario El Gobierno
  • Portada
  • Política
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
  • Sociedad
  • Primera Línea
EconomíaPolítica

Adiós a la suspensión perfecta de labores: ¿Cómo afectará al mercado laboral?

por Gianela Sipión septiembre 18, 2021
escrito por Gianela Sipión septiembre 18, 2021
1,6K

Mediante Decreto de Urgencia N.° 087-2021 se ha modificado el Decreto de Urgencia N.° 038-2020, estableciendo que la medida de suspensión perfecta de labores regirá sólo hasta el 2 de octubre de 2021 y ya no hasta 30 días calendario posteriores al fin de la emergencia sanitaria.

Esta norma también precisa que son las partes de la relación laboral quienes pueden adoptar las medidas permitidas por la normativa laboral vigente. Es importante mencionar que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrá emitir nomas complementarias para la mejor aplicación de estas modificaciones.

Cuando el jefe causa estrés laboral en sus trabajadores | HRTRENDS

¿Cómo las empresas podían acreditar la necesidad de usar la suspensión perfecta de labores?

En el caso del nivel de afectación económica como causal de suspensión, mediante el Decreto Supremo N.° 007-2021-TR, las empresas también pueden acreditar dicha situación:

Comparando las remuneraciones y ventas del año 2019, con las del 2021, a fin de determinar el ratio resultante. Conoce los detalles aquí. 

Antes de la incorporación mencionada, para determinar la ratio de nivel de afectación económica, únicamente se comparaba las remuneraciones y el nivel de ventas del mes previo a la suspensión perfecta de labores, con la ratio del mismo mes del año anterior, lo cual generalmente correspondía a las variables de los años 2020 y 2021.  

Empleador Micro y pequeñas empresasMedianas y grandes empresas
Actividades se encuentren permitidasIncremento mayor al 12 %Incremento mayor al 26 %
Actividades no se encuentren permitidas total o parcialmenteIncremento mayor al 8 %Incremento mayor al 22 %
Qué tipo de empresa elijo para mi negocio? | RPP Noticias

¿Cómo afectará al mercado laboral la eliminación de la suspensión perfecta de labores?

Según Dante Botton, asociado senior del área laboral en Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, el Gobierno ha errado en eliminar la suspensión perfecta de labores creada para el contexto de pandemia. Explica que, en principio, aún existen diversos sectores de la economía que no se han reactivado o no se han reactivado completamente (turismo, gastronomía, entretenimiento, sectores deportivos, entre otros).

«De otro lado, si la suspensión perfecta de labores no se encuentra sustentada adecuadamente, la autoridad de trabajo simplemente la rechaza, lo cual ha ocurrido en numerosos casos. Siendo ello así, me parece precipitada la decisión del gobierno, teniendo en cuenta la posible ocurrencia de una tercera ola y el nuevo impacto que tendrá en las relaciones laborales», señala.

«La suspensión perfecta, además, pretende ser una medida menos gravosa que el despido. Si quitas esa herramienta a las empresas, podría generar en muchos casos el incentivo contrario, es decir, tener empresas que prefieran liquidarse o despedir trabajadores antes que asumir el costo de continuar pagando remuneraciones por labores que no se realizan», puntualiza.

¿Qué es la suspensión perfecta de labores?

La suspensión perfecta de labores implica el cese temporal de la obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva, sin extinción del vínculo laboral; pudiendo comprender a uno o más trabajadores. La normativa permite que las empresas se acojan a la SPL cuando no puedan otorgar trabajo remoto o una licencia con goce de haberes compensable por la naturaleza de sus actividades.

Para enfrentar la emergencia económica causada por la pandemia, que obligó el cierre de empresas y el confinamiento de trabajadores, el gobierno de Martín Vizcarra promulgó en abril del año pasado el Decreto de Urgencia N.° 038-2020 que establecía una serie de medidas para mantener el vínculo laboral, y evitar la pérdida de empleo.

Es así que se dispuso el trabajo remoto, la licencia con goce de haber, y excepcionalmente, la suspensión perfecta de labores, que consiste en que se suspende las obligaciones tanto del empleador como del trabajador (remuneraciones y cumplimiento de la jornada laboral) sin romper el vínculo laboral, que se recupera una vez se levanta el estado de emergencia.

Más en Diario El Gobierno

#Política | El Acuerdo Nacional de España rechazó la solicitud de asilo político presentado por el exjuez César Hinostroza, descartando su condición de perseguido político. https://t.co/sjvXUgZvEu

— Diario El Gobierno (@ElGobierno_Peru) September 17, 2021
FacebookTwitterPinterestLinkedinWhatsappEmail
Gianela Sipión

Editora y Redactora de Economía

post anterior
¿Qué perdió Perú respecto a las eliminatorias pasadas?
siguiente post
El sendero del sombrero tras la muerte de Guzmán, por Juan Pablo Bernal Gallegos

También te puede interesar

Nadine recibe asilo en Brasil mientras Ollanta es...

mayo 13, 2025

Trump, tarifas y turbulencia: ¿un nuevo orden económico...

abril 20, 2025

Presidente de Panamá visita el Perú

abril 17, 2025

La vida de escolares en riesgo ante extorsiones

abril 16, 2025

«Jueves Negro» en los mercados: el impacto de...

abril 3, 2025

Fiscal de la Nación: Presidenta tendría 34 denuncias...

marzo 22, 2025

Ministro del Interior es censurado por el Congreso

marzo 22, 2025

Santivañez sigue firme pese a cuestionamientos

marzo 11, 2025

EE.UU. suspende apoyo financiero contra el narcotráfico en...

febrero 7, 2025

Qali Warma: Vocero presidencial envuelto en red de...

febrero 6, 2025

Buscador

Entradas Recientes

  • Homenaje teatral a Nicomedes Santa Cruz

    mayo 16, 2025
  • “El Secreto de los Pingüinos”: Bertie Gregory revela los lazos ocultos de estas fascinantes aves

    mayo 14, 2025
  • Monólogo teatral sobre Helena de Troya.

    mayo 13, 2025
  • Nadine recibe asilo en Brasil mientras Ollanta es recluido

    mayo 13, 2025
  • ULTRA Peru: una edición de gala para reconectar con la esencia de la electrónica

    abril 24, 2025

Redes Sociales

Facebook Twitter Instagram Linkedin

Sobre Diario El Gobierno

Sobre Diario El Gobierno

Diario El Gobierno es un medio de comunicación digital que posee como principal objetivo proporcionar información a la esfera pública sobre la coyuntura nacional e internacional.

Redes Sociales

Facebook Twitter Instagram Linkedin Tiktok

Equipo Editorial

Director periodístico: Víctor Andrés Marroquín-Merino

Subdirector: Diego de la Torre Colaizzo

Editor de Política: Pablo Cruz Ponce

Subeditor de Política: Luis Vargas Rojas

Editor de la revista «Sociedad»: Gabriel Bernal Gallegos

Subeditor de la revista «Sociedad»: Juan Cárdemas

Editor de la revista «Primera Línea»: Johan Dianderas

Coordinador de Audiovisuales: Sebastián Osorio

Editor de Economía: Gianela Sipión

Contacto

[email protected]

[email protected]

+51 968 969 019

Lo último

  • Homenaje teatral a Nicomedes Santa Cruz

    mayo 16, 2025
  • “El Secreto de los Pingüinos”: Bertie Gregory revela los lazos ocultos de estas fascinantes aves

    mayo 14, 2025
  • Monólogo teatral sobre Helena de Troya.

    mayo 13, 2025
  • Nadine recibe asilo en Brasil mientras Ollanta es recluido

    mayo 13, 2025

@2022 - Diario El Gobierno. Todos los derechos reservados.

Diario El Gobierno
  • Portada
  • Política
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
  • Sociedad
  • Primera Línea
Diario El Gobierno
  • Portada
  • Política
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
  • Sociedad
  • Primera Línea
@2022 - Diario El Gobierno. Todos los derechos reservados.