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Serenazgo: debate sobre uso de armas no letales

por Daniel Sánchez Peralta abril 17, 2023
escrito por Daniel Sánchez Peralta abril 17, 2023
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El asesinato del sereno de la municipalidad de Surco, Luis Manrique, abrió el debate sobre la aprobación congresal de la modificación de la Ley del Serenazgo. Esta permite que los serenos puedan cargar y usar armas no letales en el cumplimiento de sus funciones. La norma espera su promulgación por parte del Ejecutivo para que se implemente en las calles del país. El debate entre las autoridades y el uso que le darán a la nueva ley varía independientemente de las posiciones políticas.

Solamente en la ciudad de Lima, distintos alcaldes señalan que su promulgación es obligatoria. Carlos Bruce, alcalde de Surco, amenazó con la disolución del serenazgo en su distrito si es que no se saca esta ley adelante. Por otra parte, la alcaldesa de San Isidro, Nancy Vizurraga, adelantó que no implementarían la medida en su municipio. Aparte, existe una propuesta por parte de los regidores de Lima de crear una «policía municipal» que sí implementaría armas no letales.

Propuesta de ley para modificar Ley del Serenazgo. Fuente: Martín Hidalgo en Twitter

Serenazgo no letal

Los argumentos esgrimidos a favor de un serenazgo armado siguen la línea de proveer mayor seguridad a la ciudadanía. Se entiende que cargar armas no letales podría motivar a los serenos a participar más activamente en la detención de crímenes. Si bien la Ley del Serenazgo estipula que estos deberían asistir y auxiliar al ciudadano, se entiende que estas acciones no se realizan a través de la violencia.

Otra justificación a la nueva norma señala la oportunidad de que los serenos tengan la disposición de defenderse. Los promotores de la ley buscan que el serenazgo implemente estas herramientas para neutralizar criminales, especialmente si ellos mismos están siendo víctimas del asalto. Existe abundante material audiovisual en donde los serenos son humillados o atacados por ciudadanos que no quieren responder por su mala conducta. Cabría preguntar si estos incidentes hubieran ocurrido si es que el serenazgo pudiera responder de forma violenta.

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Sereno, sereno

Por otro lado, los opositores a la ley indican que el uso del serenazgo por ciertos alcaldes ha sido abusivo. Se señala que armar a individuos con casos de violencia en su haber es peligroso. Se teme que la implementación de armas no letales agrave el posible daño que una intervención municipal podría tener. Considerando que existen alcaldes con denuncias por abuso de autoridad, el uso de un contingente armado para perpetrar estas actitudes rayaría en lo criminal.

Asimismo, se pone en duda la naturaleza de las armas no letales. Por más que se categoricen como tal, se sabe que su uso desmedido conlleva a muertes. Un ejemplo de ello son las distintas marchas nacionales que terminaron en desgracia. El abuso de estas herramientas pueden llevar a fatalidades, lesiones serias y traumas irreversibles. 

Por último, se esgrime el argumento de que las armas no letales son insuficientes, en especial si se considera los crímenes que se realizan con armas de fuego. Incluso podría motivar a los delincuentes a utilizar de forma regular las armas de fuego en contraposición a las armas no letales de los serenos. Así, se pone en un mayor peligro la integridad del serenazgo y de la ciudadanía.

Seguridad municipal en la región

La seguridad municipal está presente en otros países de la región como Ecuador, Chile y Bolivia. Solamente en Perú y Bolivia se les conoce como serenos a los servidores públicos que se encargan de la vigilancia y la seguridad pública. En nuestro vecino del altiplano, la figura del sereno se entremezcla con la de los alguaciles, rondines o vigilantes.

En Ecuador no se usa la palabra sereno. Se emplea, más bien, el término «agentes de control». En el 2019, se aprobó el uso de armas no letales para los «serenos» del vecino del norte. Para la implementación de la norma ecuatoriana se requiere la coordinación con la Policía Nacional. Entre las armas permitidas se encuentran: los esparcidores de agentes químicos y el tolete. 

En Chile, la seguridad municipal está a cargo de la policía municipal. En el vecino del sur, los agentes del orden municipales pueden portar armas de fuego. Su figura se creó a finales del siglo pasado. Al igual que el serenazgo en el Perú, se estipuló que acompañen a los carabineros en los trabajos de vigilancia.

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