El día de ayer se admitió a trámite el recurso de apelación presentado por el partido Renovación Popular. Esto a fin de evitar que sea incluído dentro de los investigados en el caso Lava Jato. En caso de no proceder este recurso de apelación, de demostrarse su culpabilidad, se podrían dar drásticas sanciones contra la organización política.
¿Qué se le imputa a Renovación Popular?
El pasado mes de septiembre se decidió incluir dentro de los investigados por el caso Lava Jato al partido Renovación Popular. Como se conoce, esta organización política anteriormente tenía el nombre de Solidaridad Nacional, al cual pertenecía el exalcalde Luis Castañeda Lossio. Esto antes de ser refundado por su nuevo dirigente Rafael López Aliaga, hoy burgomaestre de la capital.
Los hechos materia de investigación serían que, presuntamente, las empresas OAS y Odebrecht habrían financiado las campañas políticas del 2011 y 2014 de Castañeda Lossio para la presidencia y la alcaldía, respectivamente. Margarita Salcedo, jueza en el proceso, mencionó que se debe incluir como parte procesal al partido Solidaridad Nacional por ser “la estructura financiera y organización política para favorecer la comisión del delito de lavado de activos agravado”.
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¿Cómo se estaba llevando a cabo el proceso y cuáles serían las consecuencias?
Margarita Salcedo mencionó, en su momento, que se había cumplido con los presupuestos para que sea fundado el requerimiento presentado por el Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato. Este tiene la finalidad de incluir al ahora partido Renovación Popular como persona jurídica. Así como parte en el proceso de lavado de activos por el caso Lava Jato.
Esto debido a que alega que no existe una norma expresa que impida que un partido político pueda ser parte en un proceso penal. Además, de ser el caso que se pase a una fase de juzgamiento, las medidas dictadas contra el partido serían sumamente drásticas. Estas podrían incluso representar la disolución y posterior liquidación del partido como persona jurídica.
¿Qué apeló el partido?
En el recurso presentado por el partido, se solicitó que se deje sin efecto su inclusión en el proceso por lavado de activos como persona jurídica. Esto debido a que dentro del artículo 105 del Código Penal referido a las medidas aplicables a las personas jurídicas tras una sanción penal, no existiría una contemplación a los partidos políticos. Por el contrario, según alegan en la impugnación, a ellos les correspondería como organización una sanción administrativa en caso proceda. Por lo tanto, con ello se estaría vulnerando su derecho constitucional al debido proceso.
El recurso presentado según la jueza cumpliría con los requisitos formales para ser admitido a trámite. Por esta razón, se elevará a una de las salas penales Corte Superior de Justicia de Lima a fin de resolver en audiencia con presencia de las partes si es que corresponde proceder con la apelación. Poniendo fin al proceso con ello para el caso de Renovación Popular.