El día de hoy, El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), efectuó la disposición de las entidades públicas o privadas para que brinden una plataforma de atención para las personas con discapacidad auditiva. Esto, con la finalidad de facilitar la interpretación en lengua de señas y lograr una óptima comunicación con sus usuarios. Por ello, el servicio en mención se da en cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1468 , el cual establece disposiciones de prevención y protección para las personas con discapacidad en el contexto de la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Cabe resaltar que las atenciones virtuales se establecerán mediante videollamadas de WhatsApp, con la ayuda de intérpretes, por medio de las señas que se establecerán en la plataforma digital. Los trabajadores realizarán su función rotativamente. Con el objetivo esencial, de garantizar atención permanente durante todo el día. Las instituciones deben ingresar a: https:// conadisperu.gob.pe/interpreteconadis y según el horario, identificar al número telefónico disponible y hacer click para realizar la llamada.
Sin duda, una iniciativa “noble” y pertinente, con respecto a la ayuda hacia los ciudadanos con discapacidad auditiva, en pleno estado de emergencia. Los interlocutores ejecutarán un rol fundamental en la facilitación del servicio mencionado. Ejecutando su accionar adecuando mediante el acceso a la página web del CONADIS. Además, el servicio estará disponible durante el periodo de emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19, con la finalidad de eliminar los “inconvenientes” que dificultan en algunas ocasiones o impiden la comunicación con las personas sordas.
Según el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, se detalla que hasta marzo del presente año hay 29,232 personas con discapacidad o con deficiencia de la audición, representando el 10.2% de la población nacional inscrita. Del mismo modo, referenciando a los Censos del INEI de 2017, se estima que 537,126 personas tienen discapacidad para oír, representando el 16.7% de la población nacional censada con discapacidad.
Según la Ley N° 29535, se otorga reconocimiento oficial a la lengua de señas peruana. Asimismo, el reglamento establece que las entidades públicas y privadas que brindan servicios públicos están obligadas a ejecutar y supervisar adecuadamente el servicio de interpretación a personas con discapacidad auditiva
Detalles muy importantes, que ejecutarán un trabajo conjunto del El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP). Medida con múltiples funciones, de carácter obligatorio y necesario. Asimismo, el asesoramiento constante a los encargados de promover dicha medida será esencial. Por lo tanto, el manejo responsable de la plataforma virtual será el eje fundamental para “facilitar” la vigilancia, supervisión y asesoramiento correspondiente.