Desde este lunes, entra en vigencia la inmovilización social obligatoria desde las 9:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. a nivel nacional, según lo dispuesto por los ministerios de Defensa y del Interior.
Durante el día, únicamente una persona por familia estará facultada para el abastecimiento de alimentos, compra de medicamentos, así como para realizar transacciones bancarias. Asimismo, podrán acudir a centros comerciales, conglomerados y tiendas por departamento fuera de su distrito de residencia.
Durante las horas de toque de queda, solo se podrá circular por las calles por motivos excepcionales y, en caso se circule en vehículos, estos deberán tener las luces interiores e intermitentes encendidas y no podrán ir a una velocidad mayor a 30 kilómetros por hora.
Cave precisar que, previamente, la inmovilización social era de las 21:00 a las 04:00 horas del día siguiente, con excepción de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias del Santa, Huarmey y Casma, en Áncash, en las cuales iba desde las 18:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente.
Esta nueva disposición respecto a la inmovilización social fue aprobada en el Decreto Supremo 110-2020-PCM, que dispone la ampliación de actividades económicas de la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas.