La Tercera Sala Penal Liquidadora Transitoria rechazó la solicitud del excandidato presidencial Daniel Urresti. El documento tenía el fin de suspender la ejecución provisional de la condena de 12 años dictada a Urresti. Todo ello, por el homicidio del periodista de la revista Caretas, Hugo Bustíos.
La estrategia de la defensa de Urresti consistía en argumentar la inaplicación del artículo 330 del Código de Procedimientos Penales (CdePP) de 1940. Dicho código penal es el mismo con el que fue condenado. Dicha disposición establece que: «La sentencia condenatoria se cumplirá, aunque se interponga recurso de nulidad».
En ese sentido, solicitó la aplicación del artículo 293 del vigente Código Procesal Penal (CPP). Este establece que «si el condenado estuviera en libertad y se impone pena o medida de seguridad privativa de la libertad de carácter efectivo, el juez penal según su naturaleza o gravedad y el peligro de fuga podrá optar por su inmediata ejecución o imponer algunas de las restricciones previstas mientras se resuelva el recurso».
Además, la resolución indica que la defensa de Daniel Urresti sustenta su pedido en el artículo 412 del CPP. De esta manera, se prescribe como regla general la ejecución provisional de las sentencias y autos, algo que no prevé el CdePP. «Si bien en el presente caso se trata de pena privativa de la libertad, igualmente el CdePP no prevé ninguna regla de excepción similar a la del CPP, por lo que sin ingresar al fondo del asunto, resulta improcedente la solicitud de la suspensión de la ejecución de la pena», señala el documento.
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La condena de Daniel Urresti
El pasado 13 de abril, el excongresista de Podemos Perú, Daniel Urresti, fue condenado a 12 años de cárcel. Dicha condena es por el asesinato del corresponsal de la revista Caretas, Hugo Bustíos, que ocurrió el 24 de noviembre de 1988.
La Tercera Sala Penal Liquidadora Transitoria también concluyó que Urresti disparó contra Bustíos y el periodista Eduardo Rojas, junto con otros militares. Luego, detonó un artefacto explosivo sobre el cuerpo de Bustíos.
Daniel Urresti fue acusado de ser coautor del delito de asesinato agravado con alevosía. En consecuencia, se dispuso su traslado a una institución penitenciaria. Primero, lo llevaron al centro penitenciario Miguel Castro Castro. Sin embargo, por una propuesta de seguridad personal, lo trasladaron al penal Virgen de la Merced. Aunque la Fiscalía había pedido una condena de 25 años de prisión, quedaron satisfechos con la resolución.