El Gobierno emitió el día de ayer el Decreto Supremo Nº 116-20-20-PCM, publicado en “Diario el Peruano”, el cual prorroga el estado de emergencia nacional y ordena la cuarentena focalizada hasta el 31 de julio. Con ello, dispuso la suspensión de cualquier tipo de reunión social que implique aglomeración de personas.
El Decreto Supremo, indica que se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública.
Asimismo, el Ejecutivo dispuso la continuidad del cierre total de las fronteras, por lo que continúa suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial, es decir, el traslado de productos o pasajeros que se realiza a través de ríos y canales fluviales. Con excepción de razones humanitarias y conforme las normas y condiciones sanitarias que deben seguir los pasajeros.
La Autoridad Sanitaria Nacional(ASN), explicó que las personas en grupos de riesgo por el COVID-19, no pueden salir de su domicilio, y excepcionalmente lo podrán hacer solo si requieren de atención médica urgente o ante una emergencia, así como la adquisición de alimentos, medicinas y servicios financieros. También para el cobro de algún beneficio monetario otorgado por el Gobierno.
Será esencial que se respete lo dispuesto por el Gobierno y se cumplan adecuadamente los protocolos sanitarios por el COVID-19. Esto, para evitar el contagio masivo y savalguardar la salud de uno mismo y de su familia.