La Corte Interamericana de Derechos Humanos requirió al Perú que se deje sin efecto o no se conceda vigencia a proyecto de ley que dispone la prescripción de crímenes de lesa humanidad cometidos antes de 2002. También solicitó al Estado peruano que presente un informe sobre el cumplimiento de la disposición, a más tardar el 9 de agosto de 2024.
En una resolución emitida el pasado lunes 1 de julio, la corte dictó medidas provisionales para los deudos de las víctimas de las masacres de Barrios Altos y La Cantuta, por las cuales fue condenado el expresidente Alberto Fujimori (1990-2000). Se pidió al Estado que «a través de sus tres poderes, tome las acciones necesarias para que no se adopte, se deje sin efecto o no se otorgue vigencia» al proyecto, y se instó a también anular «otras iniciativas de ley similares, a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de esos casos».
El Estado peruano no solo tendrá que entregar un informe completo y detallado sobre lo cumplido, sino que deberá continuar informando a la corte cada tres meses, contados a partir de la remisión del último informe, hasta que el tribunal resuelva el levantamiento de la disposición. Por el contrario, se exigió a los representantes de las víctimas de los casos de Barrios Altos y La Cantuta que presenten sus observaciones en un plazo no mayor a cuatro semanas. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) también deberá presentar sus observaciones no más de dos semanas después de haber recibido las observaciones de los representantes.
El proyecto de ley
El mes pasado, el pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría y en primera votación, el proyecto de ley No. 6951/2023-CR. El dictamen establece que nadie deberá ser procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra si estos fueron perpetrados con anterioridad al 1 de julio de 2002: «ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra». Este periodo incluye, por lo tanto, la época del terrorismo, durante la cual más de 70 mil personas perdieron la vida.
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La propuesta, promovida por los los legisladores José Cueto (Honor y Democracia) y Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), recibió fuertes críticas tanto por parte de asociaciones de derechos humanos como de la Corte IDH, pues incumpliría diversas reglas de derecho internacional. Se destacó que las motivaciones de la propuesta se basan en una «interpretación errónea» de la entrada en vigencia de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en el Perú.
Tras el pronunciamiento de la Corte IDH, el Congreso rechazó «cualquier forma de intromisión nacional o extranjera» y reiteró sus intenciones de aprobar el proyecto de ley, para lo cual es necesaria una segunda votación. Expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) han advertido que de aprobar la iniciativa, el Perú estaría infringiendo sus obligaciones internacionales, ya que las leyes de prescripción no se mantienen en casos de violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.