El Gobierno dispuso que 1 hora será el tiempo máximo del paseo diario que pueden realizar los niños y adolescentes menores de 14 años durante el estado de emergencia. Ellos tendrán que estar acompañados por un adulto y siempre que sus padres o apoderados así lo crean conveniente.
El Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, el cual fue emitido en el diario El Peruano durante la noche del viernes, establece ampliar el estado de emergencia hasta el 31 de julio e impone cuarentena focalizada en las regiones Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.
En el artículo 2.1. del mencionado decreto indica que “los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y los que presenten comorbilidades”, deberán continuar en cuarentena. Además, la disposición indica que este paseo no debe superar los 500 metros de distancia de la vivienda y se debe mantener la distancia social mínima de dos metros.
Asimismo, no está permitida la circulación de menores con síntomas o diagnóstico de la COVID-19 y será necesario considerar las alertas sanitarias que emite el Ministerio de Salud sobre las zonas de mayor riesgo del coronavirus. Tampoco está permitida la asistencia de niños y adolescentes a centros comerciales y similares, ni a lugares públicos cerrados o de aglomeración.
Cabe resaltar que, desde el 18 de mayo el Gobierno permitió que los menores de 14 años puedan salir desde hoy a las calles por un plazo de media hora, acompañados de sus padres y respetando la distancia social establecida por el Gobierno para evitar el contagio del coronavirus en el país.