La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó un dictamen para establecer que el contralor general de la República pueda permanecer en el cargo más allá de sus siete años en funciones. Así será hasta que el Legislativo designe a su reemplazo en el Congreso de la República.
De acuerdo con la ley orgánica del Sistema Nacional de Control, y de la Contraloría General, el contralor Nelson Shack fue nombrado para un mandato de siete años. Originalmente, debería haberse mantenido en el puesto hasta julio de 2024. En ese año, el Legislativo debería haber tenido un reemplazo designado.
El predictamen de la Comisión de Constitución se debatió en la sesión de hoy martes 13 de junio. En las votaciones, se aprobó con 11 a favor, 8 en contra y 1 abstención. Además, el texto tuvo recomendaciones para detallar que tres meses antes que termine el periodo de designación del titular de la Contraloría General, el Congreso debe recibir la propuesta de reemplazo desde el Ejecutivo.
«Finalizado el periodo de siete años, el Contralor General de la República continuará en funciones. Solo hasta que el Congreso de la República designe al nuevo Contralor General de la República». Esto es lo que plantea el dictamen como texto para agregar en el artículo 26 de la ley orgánica de la Contraloría.
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Por otro lado, en caso de que esta propuesta sea aprobada por el pleno y se realicen modificaciones al artículo 26 de la ley, ocurrirían ciertos sucesos. Nelson Shack podría mantenerse en el cargo de forma indefinida, sin un límite de tiempo establecido. Solo hasta que el Congreso alcance una decisión final. Esto sería válido siempre y cuando no se llegue a un consenso antes de la fecha en la que vence su mandato.
Es importante resaltar que, en este caso, es responsabilidad del presidente de la República, Dina Boluarte, proponer al nuevo contralor en 2024. Ella debe enviar al Congreso una propuesta para la designación tres meses antes de que finalice el mandato de Shack como titular de la Contraloría. No obstante, debido a los procesos de designación anteriores, se sabe que estas propuestas suelen llevar más tiempo del estimado.
En la actualidad, el artículo 26 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría establece que el contralor general puede ser destituido por el Congreso de la República según la Constitución. También precisa que este funcionario «está prohibido de ejercer actividad lucrativa e intervenir, directa o indirectamente en la dirección y/o gestión de cualquier actividad pública o privada, excepto las de carácter docente».