El Ministerio Público, a través, de la plataforma X (antes Twitter), emitió un comunicado rechazando categóricamente el proyecto de Ley N° 6951/2023-CR, «Ley que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana».
Mediante este comunicado, la Junta de Fiscales Supremos pudo expresar la postura institucional y dilucidar sus argumentos respecto a las implicancias negativas que generaría el mencionado proyecto.
Palabras del Ministerio
Conforme a lo antes señalado, el MP refirió en su comunicado que: «resulta inviable jurídicamente, toda vez que la acción penal y la sanción por los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra son imprescriptibles, con lo cual se generaría impunidad y vulneración al derecho a la verdad de los agraviados y sus familiares»
Por otra parte, manifestó: «La propuesta normativa sobre la vigencia del Estatuto de la Corte Penal Internacional y la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y los Crímenes de Lesa Humanidad, resulta evidentemente inconstitucional al ser incompatible con la jurisprudencia supranacional en materia de derechos humanos y los estándares del derecho internacional (ius cogens), los cuales preceptúan que los Estados pueden emitir disposiciones de amnistía, prescripción o excluyentes de responsabilidad penal (…)»
Asimismo, concluyó advirtiendo sobre la procedibilidad de este proyecto de Ley, haciendo énfasis en la cantidad de afectados que habrían: «550 víctimas, y a un número considerable de familia de estas, y la sociedad en su conjunto». De igual manera, recalcó el derecho a la verdad que poseen cada uno de los afectados directa o indirectamente.
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Otros pronunciamientos
Aunado a ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el ejercicio de sus atribuciones, requirió al Estado Peruano suspender inmediatamente el trámite legislativo del proyecto de Ley N° 6951/2023-CR «que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana», considerando que actualmente dicho proyecto se encuentra en agenda para su segundo debate en el Congreso de la República.
Todo ello surge en razón a los casos Barrios Altos y La Cantuta, puesto que, a criterio de la CIDH aún no se tienen los elementos necesarios «para pronunciarse sobre la referida solicitud de medidas provisionales y su impacto». En ese sentido, intenta salvaguardarse los derechos que se verían afectados con el «proyecto del olvido».
En esa línea, la CIDH convocó al Estado, representantes de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública virtual sobre la solicitud de medidas provisionales efectuada por los representantes, a celebrase el lunes 17 de junio de 2024.
Conclusiones
«(…) resultaría sumamente grave para preservar el derecho a la verdad y de acceso a la justicia puesto que se generaría una situación de impunidad en diversas investigaciones y procesos judiciales que se encuentran a cargo de las fiscalías superiores penales nacionales y fiscalías penales supraprovinciales especializadas en derechos humanos e interculturalidad», sentenció el Ministerio Público en el informe N° 000180-2024-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, publicado conjuntamente con el comunicado vía X.
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