El Poder Judicial ha revocado las medidas restrictivas impuestas al alcalde de La Molina, Diego Uceda, quien había sido acusado de violencia psicológica por la teniente alcaldesa Milagritos Quintana Mogollón. Este fallo desestima las medidas de protección inicialmente otorgadas por el Décimo Juzgado de Familia de Ate y exime a Uceda de someterse a evaluaciones o terapias psicológicas.
Cronología de los hechos
El caso se originó a partir de una denuncia presentada por Milagritos Quintana Mogollón, quien acusó al alcalde Diego Uceda de violencia psicológica. La denuncia se basaba en un audio difundido en redes sociales, que supuestamente contenía frases sexistas dirigidas hacia ella. A raíz de esta denuncia, el 27 de febrero de 2024, el Décimo Juzgado de Familia de Ate dictó medidas de protección en favor de Quintana Mogollón. Estas medidas incluían la prohibición de cualquier acto de violencia psicológica por parte de Uceda y la obligación de someterse a terapia psicológica.
Sin embargo, Uceda apeló esta resolución, argumentando que no existía ninguna evidencia pericial que sustentara las acusaciones. La apelación fue vista por la Corte Superior de Justicia de Lima Este, especializada en violencia contra las mujeres.
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Decisión de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
El 20 de mayo de 2024, en audiencia pública, la Sala Especializada en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Este escuchó los argumentos de ambas partes. La presidenta de la Sala de Apelaciones, la magistrada Montes Tisnado, dirigió los debates.
La Corte resolvió por unanimidad revocar la resolución del 27 de febrero. En su fallo, la Corte determinó que no se había comprobado ningún acto de violencia psicológica por parte del alcalde Uceda. Además, exhortaron a la magistrada María Ubillús Vargas, del Décimo Juzgado de Familia – Sub Especializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Ate, a ejercer sus funciones con mayor conocimiento de la Ley 30364, que previene y sanciona la violencia contra las mujeres.
La Corte también solicitó, bajo apercibimiento, que la jueza Ubillús Vargas remitiera copias de su actuación a la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ODANC-PJ) de Lima Este, para determinar si su proceder amerita una investigación adicional.
Impacto político del caso
La revocación de las medidas restrictivas contra Uceda debilita la posición de la teniente alcaldesa Quintana Mogollón, quien había intentado vacar al alcalde en una sesión del Consejo Municipal. En dicha sesión, la mayoría de los regidores votaron en contra de su pedido.
Este fallo también podría influir en futuros intentos de Quintana Mogollón de destituir a Uceda, ya que la falta de pruebas periciales y la revocación de las medidas de protección socavan la credibilidad de sus acusaciones.
La decisión del Poder Judicial de revocar las restricciones impuestas al alcalde de La Molina, Diego Uceda, resalta la importancia de un debido proceso y la necesidad de pruebas contundentes en casos de violencia psicológica. Este desenlace marca un precedente en la aplicación de la Ley 30364 y subraya la necesidad de una interpretación rigurosa por parte de los magistrados encargados de estos casos.