El matrimonio igualitario es un tema que ha sido dotado de mayor relevancia en parte de la sociedad de manera tal que busca concretizar su pronta regulación. Sin embargo, tal objetivo se torna cercano ante su posibilidad de materializarse en ley. Todo ello viene impulsado por los congresistas de las bancadas Juntos por el Perú y Somos Perú – Partido Morado que buscan modificar el Art. 234 del Código Civil.
Cambios para incluir el matrimonio igualitario
El proyecto de ley que tiene como principal autora a la parlamentaria Ruth Luque Ibarra plantea modificar el artículo que refiere a la noción del matrimonio dentro del Código Civil (Art. 234). Su actual regulación detalla que el matrimonio, aparte de ser una unión voluntaria, está concertada por un varón y una mujer a fin de hacer vida común. Asimismo, ambos son dotados de derechos, deberes y responsabilidades dentro de su hogar.
En cambio, los nuevos términos en los que quedaría redactado tal artículo sería de la siguiente forma:
Asimismo, se precisa que la institución del matrimonio civil será viable para personas del mismo sexo así como para los que sean de distinto sexo. Tal aplicación de la ley recae en el objetivo de no imponer límites ni suprimir el goce de derechos relacionados con el matrimonio y la familia. Por otra parte, el proyecto de ley establece que los matrimonios celebrados en el extranjero serán reconocidos en el país sin importar si se basa en una unión entre personas del mismo sexo.
Antecedentes a considerar
No es la primera vez que se trata de impulsar una propuesta legislativa sobre el matrimonio igualitario. De hecho, en el año 2017, la congresista Indira Huilca y Marisa Glave pusieron este tema sobre la mesa legislativa. Para entonces, ya se contaba con un pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo que indicaba el grado de desprotección en el que se encontraban las personas de la comunidad LGBTI y la urgente necesidad de reconocer la unión civil entre personas con la misma orientación sexual.
«Las parejas del mismo sexo no tienen un marco normativo para el ejercicio y salvaguarda de sus derechos. Si deciden (…) adquirir bienes y luego se produce la muerte de uno de sus integrantes, la otra persona no podrá acceder al patrimonio común. El Código Civil establece un orden de prelación en materia sucesoria que no los considera».
Defensoría del Pueblo. Derechos humanos de las personas LGBTI: Necesidad de una política pública para la igualdad en el Perú.
Por otro lado, el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (PROMSEX) señaló en el 2017 que el matrimonio igualitario no requiere de una reforma constitucional. Si fuera así, se evidenciaría que la Constitución no estaría respetando el derecho a la igualdad ante la ley, sino que estaría impulsando la discriminación. Por ello, no es congruente «sostener que la norma constitucional prohíbe o no permite la protección jurídica para parejas no heterosexuales».
Matrimonio igualitario en el marco nacional e internacional
El documento presentado en el proyecto de ley parte de la idea de que la Constitución Política del Perú en sus artículos 4 y 5, que refieren a la promoción del matrimonio y a la protección de la familia, no proporciona un modelo exclusivo sobre la definición del núcleo familiar. Tal argumento se sustenta también con la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, donde enfatiza que «desde una perspectiva constitucional, la familia, al ser un instituto natural, se encuentra inevitablemente a merced de los nuevos contextos sociales» (Expediente N°09332-2006-PA). Por tal motivo, las diferentes orientaciones sexuales están amparadas y no debe restringirse lo relacionado a sus planes de vida familiares.
Además, el Perú mantiene un compromiso internacional que no puede pasar por alto. La Convención Americana en su Art. 1 busca que los Estados respeten los derechos y libertades de las personas a la vez que garantizan su pleno ejercicio sin discriminación por ninguna índole. Sumado a ello, su Art. 24 fija que «todas las personas son iguales ante la ley». En su momento, la Corte Interamericana de Derechos Humanos incentivó a garantizar los derechos de las minorías sexuales para evitar una discriminación histórica y estructural.
Derecho Comparado sobre la propuesta legislativa
De forma sencilla, se puede afirmar que el Perú es uno de los países que se ha retrasado en el reconocimiento jurídico sobre el matrimonio igualitario. Los cambios se han visto a nivel mundial y, en la actualidad, son más de 25 países que abrieron sus puertas para el matrimonio entre personas del mismo sexo.
El documento usa de referencia a tres países: Colombia, Estados Unidos y España. Sobre al primero, la Corte Constitucional de Colombia ha señalado que el matrimonio es una expresión de la autonomía del ser humano. La negación de tal derecho afecta la igualdad de trato y el libre desarrollo de la personalidad basado en la autodeterminación sexual. Una misma postura mantuvo la Corte Suprema de Estados Unidos al optar por el matrimonio igualitario y generar una consecuencia directa sobre la crianza de los niños. Finalmente, se encuentra que el Tribunal Constitucional español incluso permite la adopción para parejas del mismo sexo.
El matrimonio igualitario: Cambios necesarios y su urgente visibilización
En diálogo con Diario el Gobierno, la doctora Claudia Castro Barnechea, especialista en Derechos Humanos, presentó su perspectiva sobre la materia del proyecto de ley partiendo de la idea que la restricción del matrimonio parte del actual Código Civil que, en principio, tiene varios años de antigüedad. A ello, agrega que la propuesta va acorde con el Derecho Comparado y con los parámetros del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
«El matrimonio igualitario abriría la oportunidad a que todas las personas puedan acceder en igualdad a una figura jurídica. La modificación dentro de la normativa interna no sólo buscaría proteger a las familias, sino que el Estado peruano cumpliría con una obligación internacional, ya que hay una deuda con la población LGBTI en el Perú».
Claudia Castro Barnechea
Sin embargo, la doctora precisó que el matrimonio igualitario si bien no es la solución completa, sí es un buen paso para generar normativa protectora. Debe entenderse que nuestra situación actual jurídica ya vulnera el derecho a la igualdad y la no discriminación, pero no queda ahí. El problema se observa en mayor medida al acarrear una serie de violación constante a un conjunto de derechos vinculados al reconocimiento legal de una familia.
«Hay mucho por hacer con la población LGBTI, pero se ha avanzado muy poco. Los retos para asumir son varios (desde el reconocimiento de identidad, la capacitación de funcionarios y el currículo escolar con enfoque de género y diversidad). La agenda del Estado no prioriza las demandas de todos los grupos de la población mostrando su abandono hacia ellos».
Claudia Castro Barnechea
La propuesta legislativa enfatiza entonces un tema que requiere ser visibilizado. El llamado es para toda la sociedad que muchas veces se queda de brazos cruzados. Urge voluntad política, así como un cambio de actitud personal.
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