Siete legisladores de la bancada de Acción Popular presentaron una iniciativa legislativa titulada «Ley que declara de interés nacional la convocatoria a un referéndum para la reforma total que sería la elaboración de una nueva constitución y/o efectuar una reforma parcial».
Entre la declaratoria de intereses, el oficio señala que el referéndum tendría como propuestas si la ciudadanía «aprueba o no la realización de una reforma total (nueva constitución)» y «si aprueba o no la realización de una reforma constitucional parcial respecto del régimen económico, ambiente, recursos naturales y otros capítulos».
Asimismo, el proyecto parlamentario considera que la actual pandemia del nuevo coronavirus ha dejado al descubierto ciertas deficiencias del Estado y, por lo tanto, encuentran como solución, variar total o parcialmente la Constitución Política del Perú de 1993.
«La epidemia de COVID-19 ha demostrado con claridad las enormes debilidades que presenta el Estado Peruano, pero además la limitación existente respecto de su [capacidad] intervención y rol en aspectos vinculados a la salud, educación, pensiones educativas, servicios básicos de luz, agua, telefonía, entre otros, que están en manos del sector privado, quienes lo controlan y administran», arguye.
En esta línea, los legisladores indican que se debe «repensar» el rol del sector privado en la sociedad, pues aseguran que estos han tenido grandes beneficio, y que esto se ha visto incrementado en la actual coyuntura.
«Considerando el actuar del Estado en el marco constitucional actual, nos obliga a repensar sobre el verdadero rol que este debe tener sobre el manejo de todo aquello que ha privatizado y/o concesionado, si consideramos los enormes beneficios de los particulares que la explotan y administran, mas aún en las circunstancias que atravesamos en este momento producto del COVID-19», reza el texto.
Además, señalan que «resulta sustancial que el pueblo peruano sea consultado sobre si el Estado debe mantener el modelo económico de libre mercado, de estabilidad jurídica, de contratos ley, o que los recursos naturales sigan siendo concesionados o administrados por los privados».
Cabe precisar que la Carta de 1993 y, por tanto, el Estado Peruano, no tiene un «modelo económico de libre mercado», pues el artículo 58 de esta precisa que en Perú «se ejerce una economía social de mercado», la cual contempla la actuación del Estado para orientar «el desarrollo del país», así como promover el «empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura».