Durante una entrevista en Radio Programas del Perú (RPP), el expresidente del Congreso, Luis Gonzales Posada, se mostró en contra del reciente fallo judicial que ordenó al Congreso la suspensión del proceso de selección de nuevos magistrados del Tribunal Constitucional. En ese marco, para sustentar su postura, Gonzales Posada dijo lo siguiente: «[La sentencia del Poder Judicial] le niega competencia al Congreso de la República de elegir a los miembros del Tribunal Constitucional». Luego de revisar la sentencia en cuestión, la red Ama Llulla concluye que esto es falso.
La declaración exacta de Gonzales Posada se dio en el siguiente intercambio:
RPP: La crítica [lo que observa la jueza en su sentencia] es que no han respetado su reglamento, que la modalidad del voto, que preveía que se expliquen las motivaciones, no se respetó. Todo lo que la justicia pide es que el Congreso actúe de acuerdo a su reglamento.
Luis Gonzales Posada: Perdón. Si usted revisa, y le rogaría que lo haga, va a observar que se le niega competencia al Congreso de la República de elegir a los miembros del Tribunal Constitucional.
Sin embargo, la sentencia emitida por el Tercer Juzgado Constitucional Transitorio no niega en alguno de sus argumentos la competencia del Congreso de la República para elegir a magistrados del Tribunal Constitucional.
Si bien el ciudadano demandante sostuvo en su pedido de amparo que las bancadas políticas habían reconocido su propia falta de legitimidad para llevar a cabo el procedimiento de elección de magistrados del TC al haberlo suspendido a fines del 2020, el Juzgado resolvió que, ello no configuraba un impedimento legal que prohíba al Congreso reasumir su función.
Es más, el juzgado agregó que, pese al alto nivel de desaprobación del Congreso actual, ello no afectaba la competencia del Parlamento para designar a los magistrados del máximo Tribunal.
Por todo ello, el Juzgado resolvió descartar este argumento, y por el contrario, ratificó que esta es una función designada al Congreso a nivel constitucional.
Lo que el Juzgado admitió como argumento para acoger la medida cautelar fue la ausencia de transparencia y publicidad en el proceso de elección de los nuevos tribunos. En estricto, el no haber hecho públicas las motivaciones de cada congresista para otorgar la calificación a los postulantes al TC, como dispone el Artículo 35 del reglamento establecido por el propio Parlamento para este procedimiento.
Consultado para esta verificación, Gonzales Posada reconoció que su afirmación no fue precisa respecto al contenido de la sentencia, pero ratificó que el fallo judicial era una interferencia al Parlamento que debía rechazarse. «Quizá mi expresión no ha sido la correcta, pero lo que yo he querido decir es que es una atribución exclusiva y excluyente del Congreso de la República. Garantizada constitucionalmente.
«[La sentencia] no le quita competencia, pero es una interferencia que no corresponde y que hay que denunciar porque es un intento de amedrentamiento al Congreso. Nunca en la historia del Perú ha ocurrido una cosa semejante. El Congreso tiene sus competencias», añadió en otro momento de la conversación.
En función a lo expuesto, la red Ama Llulla concluye que la afirmación del ex congresista Luis Gonzales Posada acerca de que la sentencia judicial que suspende el proceso de elección de magistrados del Tribunal Constitucional le niega al Congreso su competencia de elegir a los miembros del Tribunal, es falsa.