El Tribunal Constitucional es uno de los organismos más importantes dentro de nuestras instituciones. Es el encargado de velar por el estricto cumplimiento de la Constitución y ser el máximo intérprete de sus disposiciones normativas. Pero, sobretodo, en ciertos procesos funciona como instancia única y cuenta con una relevancia política fundamental al disponer decisiones que inciden en el juego político de otros poderes del Estado.
Falta de consenso y ánimos variados
Actualmente existe un dilema en torno a la elección de los próximos 7 magistrados, cuya duración en el cargo durará el siguiente quinquenio. Así, se han presentado medidas cautelares para detener el proceso de selección admitidas por el Poder Judicial que ha llevado a la falta de consenso entre los poderes del Estado, y ánimos variados en el Hemiciclo.
Es por ello que, en las siguientes líneas, detallaré lo acontecido durante esta jornada de elección de miembros del TC. Desde la demanda de amparo presentada por el abogado Walter Ayala, la suspensión de la sesión, las razones para la misma, hasta los escenarios frente a la decisión del Congreso de continuar pese a la orden judicial. Todo lo anterior, aludiendo a los procedimientos adecuados para la selección, las irregularidades y problemas presentados y, por último, intentar dar repuesta al dilema presentado.
¿Qué es una demanda de amparo?
Como ciudadanos peruanos tenemos ciertas acciones constitucionales que protegen nuestros derechos frente a la arbitrariedad de parte de algún poder o funcionario del Estado. El recurso presentado por el abogado Walter Ayala para la detención del proceso de selección procede contra el hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución. El único requisito para presentarse es cumplir con el plazo establecido: sesenta días desde la afectación del derecho, a menos que se trate de un caso de omisión.
Sin embargo, estas acciones constitucionales pueden demorar años en proceder y declararse fundadas. Entonces, ¿por qué el Poder Judicial admitió el trámite y ordenó la detención del proceso? Esto es porque dentro de nuestra jurisprudencia existe una medida que tiende a impedir que el derecho, cuyo reconocimiento o actuación se pretende obtener a través de un proceso (como el de Ayala), pierda su virtualidad o eficacia durante el tiempo que transcurre entre la iniciación del proceso y el pronunciamiento de la sentencia definitiva. Estamos hablando de las medidas cautelares.
¿Qué sucedió?
Dicho esto, podemos comentar que el Poder Judicial informó este martes la admisión de una trámite de una demanda de amparo presentada por el abogado Walter Ayala. Esta, pide la nulidad de todo el proceso de elección de nuevos miembros del Tribunal Constitucional (TC), que actualmente se está llevando en el Congreso.
El Tercer Juzgado Constitucional Transitorio, a cargo de Soledad Amparo Blácido Báez, determinó que el recurso presentado contra el Parlamento cumplió con todas las formalidades y requisitos establecidos por el Código Procesal Constitucional. El amparo se planteó contra la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez; el presidente de la comisión especial para el proceso de evaluación de candidatos al TC, Rolando Ruiz; y el procurador público del Poder Legislativo.
¿Qué solicita Ayala?
La demanda pide la nulidad de todos los actos realizados en el Parlamento y la Comisión Especial. Así como la convocatoria de los plenos para los días miércoles 7 y jueves 8 de julio, y cualquier otro acto parlamentario que tenga como finalidad «nombrar a los miembros del Tribunal Constitucional hasta que sea el nuevo Parlamento quien lleve a cabo dicha tarea».
Cabe indicar que la Oficialía Mayor del Congreso ya había convocado formalmente y publicado la agenda para los plenos del 7 y 8 de julio. En esta, se incluyó el debate para votar por la selección de nuevos miembros del Tribunal Constitucional. Recordemos que quince candidatos superaron todas las etapas del proceso de la Comisión Especial.
Walter Ayala alega que hay una vulneración al derecho a tener una «justicia justa y transparente en el sistema constitucional del país» y un debido procedimiento en la sede parlamentaria. Específicamente, la demanda cuestiona que no se hayan publicado las notas y las motivaciones por parte de los miembros de la comisión especial a todos los candidatos al TC. También señala que hay conflicto de intereses y falta de transparencia en todo el proceso.
El Poder Judicial dice sí y suspende la selección
El Poder Judicial, a través del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, ordenó al Congreso de la República suspender de forma provisional la elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional (TC) en atención a la demanda interpuesta.
En la resolución publicada que otorga la medida cautelar y ordena paralizar la elección de magistrados, la jueza constitucional le otorgó la razón a Walter Ayala en el sentido de cuestionar que la comisión especial no haya publicado de manera transparente la calificación y justificación de los puntajes otorgados a los postulantes para el TC.
Argumentos de la jueza
«Se desprende que el demandante solicitante ha logrado acreditar la verosimilitud del derecho invocado; por lo que, el presente presupuesto cautelar ha sido satisfecho», señala el documento en el que se descartan otros dos cuestionamientos al proceso. El primero, un supuesto direccionamiento político en el interrogatorio; y el segundo, la decisión de retomar el concurso pese a que el actual Congreso había desestimado llevarlo a cabo el año pasado.
Este argumento junto a la convocatoria de los plenos, como fundamento para considerar que hay un peligro de «perjuicio irreparable», llevaron a la juez a considerar que la suspensión provisional del proceso es una medida «adecuada y razonable».
La suspensión provisional de la elección de los miembros del TC deberá ser acatada, según esta resolución del Poder Judicial. En caso de incumplimiento procederán a actuar en el plazo de dos días conforme lo señalan los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional.
Las razones de las demandas de amparo
El abogado Ayala, además de señalar la existencia de la vulneración al derecho a tener una «justicia justa y transparente en el sistema constitucional del país», cuestiona que no se hayan publicado las notas y las motivaciones por parte de los miembros de la Comisión Especial sobre los candidatos al TC; y sostiene que hay conflicto de intereses y falta de transparencia en todo el proceso.
En la resolución que admite la demanda de amparo se indica que Ayala «agrega que las notas obtenidas como consecuencia de las entrevistas personales no han sido debidamente detalladas; vulnerándose así el reglamento de selección de magistrados del Tribunal Constitucional. Esto, en vista de una apreciación del informe contenido en el Oficio N°148-2021-CESCAEMTC-CR, no evidencia la existencia de motivación alguna, la cual de existir no ha sido debidamente publicada; vulnerándose así la transparencia y motivación del procedimiento de elección».
Otro argumento es que el proceso de elección carece de transparencia, y que esto se refleja en la ampliación de una cuarta legislatura. «La Comisión Especial de Selección de Candidatos Aptos para la Elección de Magistrados del Tribunal Constitucional no ha tenido tiempo necesario y suficiente para llevar a cabo un proceso transparente, tanto así que incluso han ampliado una cuarta legislatura», se indica.
Ayala considera también que los ciudadanos tienen derecho a contar con autoridades elegidas respectando el procedimiento establecido en la ley. «Por lo que habiéndose llevado a cabo un proceso viciado y con evidente conflicto de intereses, no existe garantía alguna de contar con autoridades idóneas, por lo que la elección de magistrados del Tribunal Constitucional debe suspenderse hasta que sean los nuevos congresistas elegidos quienes asuman dicha tarea», señaló.
Segunda petición
Además de la presentada por el abogado Walter Ayala, un grupo de abogados constitucionalistas encabezados por Walter Albán y Luciano López del Departamento de Derecho de la Facultad de Derecho PUCP, presentaron un segundo pedido para declarar inválido el proceso de selección. También presentarán una medida cautelar.
Sobre el plazo para resolver las demandas de amparo, esto dependerá de la carga procesal de los jueces a cargo. López explicó que se espera que «como es de urgencia se cumpla con los plazos procesales, porque con ellos es un caso que debería estar resuelto en no más de dos o tres meses».
El caso podría llegar hasta el TC «siempre y cuando el Poder Judicial, en segunda instancia (apelación), desestime la demanda, declarándola improcedente o infundada. En esos casos, solo el demandante puede llevar el caso al TC».
¿Sus motivos?
El abogado recalcó que se ha solicitado al juez que declare inválido el proceso de selección y que ordene su inmediato archivamiento para que sea el siguiente Congreso el que elija a los magistrados del TC. Su primer argumento sostiene que «la cuarta legislatura es inconstitucional, entonces todo lo que haga el Congreso en ella está viciado».
Según indicó, el segundo argumento de la demanda de amparo es que el reglamento de selección en su artículo 36° establece una escala de puntaje en la solvencia e idoneidad moral y establece un puntaje del 1 al 12. «Eso es irrazonable», dijo.
López agregó que otro cuestionamiento son las entrevistas personales a los candidatos del TC. «El reglamento de selección en su artículo 35° dice que la calificación va acompañada de una motivación. Los congresistas que evaluaron tenían que haber entregado al presidente de la comisión la calificación y su informe con las razones de la calificación. A la hora que revisamos las sesiones del 21, 22 y 23 de junio, fechas en las que se llevaron a cabo las entrevistas, se consigna expresamente en el acta que solo se entregaron calificaciones. No se entregó ningún informe de motivación por cada uno de los congresistas», apuntó.
Las reacciones del Congreso
Por la noche del miércoles, el Parlamento emitió un comunicado a través del cual calificó como «ilegítima» la resolución de la magistrada Blácido. Anunció que procederán a denunciarla por prevaricato y que proseguirán con la selección de los magistrados del TC por considerar que esta es una competencia, según el artículo 201° de la Constitución, que se asigna «exclusivamente» al Congreso.
Además, cabe mencionar que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) abrió una investigación preliminar a la jueza Soledad Amparo Blácido Báez, que ordenó suspender la elección de nuevos magistrados. «Una vez recabada la información, los magistrados de control analizarán los insumos con la pertinencia del caso y dentro de sus prerrogativas constitucionales para los cuales están investidos; garantizando así, el rol contralor en la administración de justicia», acotó la jueza suprema Mariem De La Rosa Bedriñana, jefa de la OCMA.
Escenarios frente a la decisión del Congreso de seguir adelante con la selección
Frente al impacto de la medida cautelar que ordenó al Parlamento suspender las sesiones previstas para este miércoles y jueves y la posición del Congreso de continuar con el proceso de elección de magistrados, se responderán diversas interrogantes en torno al accionar de algunos parlamentarios.
Como se recuerda, por 87 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República decidió continuar con la sesión donde se prevé la elección de seis nuevos magistrados para el Tribunal Constitucional (TC); desacatando la medida cautelar del Poder Judicial que ordenaba suspender dicho proceso.
1. ¿Una orden judicial que suspende un proceso en marcha afecta las funciones parlamentarias?
En primer lugar, si tomamos en cuenta un precedente del año 2004 donde se debatía en el Congreso la reforma constitucional para mejorar el régimen pensionario y eliminar el 20530, una asociación de jubilados interpuso una demanda de amparo y la jueza dijo que no podían debatir ni aprobar la reforma. El Parlamento hizo caso omiso y se aprobó. El procurador apeló y además denunció a la jueza por prevaricato y el Congreso siguió haciendo su tarea. Meses después quedó sin efecto esa medida y no pasó nada.
En este sentido, desacatar la medida cautelar no tendrá ningún efecto sobre el Congreso, debido a que la resolución tiene una pobreza argumental y es violatoria de la Constitución porque es una intromisión a los poderes del Estado. Además, quien recurrió ante el juez no ha sido uno de los candidatos al Tribunal Constitucional; sino un tercero, extraño al proceso.
De esta forma, todos los Poderes del Estado están sometidos a la Constitución; el TC ya lo ha establecido así. Entonces, no pueden ir en contra de la Constitución y de los derechos fundamentales porque el proceso que tenemos delante es una acción de amparo (contra el Congreso) que tiene como finalidad la defensa de los derechos fundamentales y permite una medida cautelar en tanto y en cuanto, si se dejan las cosas como están puedan lesionarse irreversiblemente.
Oposición
Toda autoridad pública (como el Congreso) está sujeto a la Constitución. Todos son objetos de control y en el caso del Congreso ya hubo varias resoluciones. Uno de los más famosos fue el de los magistrados del TC que fueron retirados por un anterior Congreso por la tercer reelección del Alberto Fujimori. El ex presidente transitorio Valentín Paniagua, logró la posibilidad de discutir judicialmente los actos políticos jurisdiccionales del Congreso y fue reconocido por la Corte Interamericana.
En este sentido, aunque el Parlamento sea una entidad autónoma, está sujeta a control. Dentro del sistema jurídico está la interdicción de la arbitrariedad por principio de proporcionalidad que garantiza que la actuación de una autoridad sea conforme a la Constitución.
Otro argumento es que al margen de estar de acuerdo con la decisión de la jueza, las resoluciones judiciales se respetan.
2. Si los congresistas no acataron la medida cautelar, ¿cometieron algún delito?
Por un lado, se podría analizar desde el delito de resistencia a la autoridad puesto que el juzgado emitió un pronunciamiento que se debe acatar. Si es que se desacata ello, podría cometer ese delito. La jueza entonces podría acudir al MP para proceder conforme a sus atribuciones e investigar a los congresistas por la desobediencia de la medida cautelar.
Otro escenario es aquel que postula que los parlamentarios no incurrieron en ningún delito pues están ejerciendo su función y obligación. En este sentido, no hay responsabilidad penal cuando uno obra en el ejercicio de su deber. Además, esta medida cautelar no es la última palabra. El proceso va a continuar y la instancia superior que verá la apelación podría anular la medida, por eso no habría responsabilidad penal alguna.
3. ¿Los congresistas están protegidos por la inmunidad parlamentaria?
Desacatar una resolución judicial sí constituye un delito señalado en el código penal vigente. Además, se trata de un delito común no protegido por la inmunidad parlamentaria. Si bien el artículo 99° habla de acusación por infracción de la Constitución, se refiere por todo delito cometido en el ejercicio de sus funciones.
En esa línea, primero se querrá argumentar que no hay delito, pero en el caso que hubiera, dirán que, como la elección de magistrados es una función del Congreso, su conducta está protegida por el antejuicio.
4. ¿Qué pasa si el Congreso llega a elegir a uno o más magistrados?
Las personas que acepten la designación también podrían incurrir en conductas que podrían ser investigadas por la Fiscalía por delito de nombramiento ilegal. Esto último es un delito en el cual la persona acepta un cargo sin contar con los requisitos legales. En este marco, es aceptar un nombramiento en medio de una medida cautelar que le dice que detenga el proceso.
5. ¿Qué pasaría si los magistrados son elegidos y el PJ declara nula la elección con la demanda de amparo?
Si el amparo es declarado fundado, la consecuencia es que se produciría la nulidad de los actos producidos por el Congreso de la República y de la elección del Tribunal Constitucional. En este sentido, jurídicamente no podría surtir efecto y si en todo caso llegara a tenerlo, se puede revertir.
También, si dejamos pasar este antecedente, en el próximo Congreso podría suceder lo mismo. Cualquier ciudadano presentará una demanda sin tener interés y va a paralizar la elección. En esa línea, se considera inaceptable que con una medida cautelar se quiera impedir la elección de los magistrados del TC en reemplazo de aquellos que ya tienen mandato vencido.
¿Qué sucederá hoy?
Ninguna de las seis plazas disponibles para integrar el Tribunal Constitucional (TC) está cubierta aún. Al final de una primera y accidentada jornada en el Pleno del Congreso de la República, los tres candidatos con mejor puntaje en el cuadro de méritos —Fernando Calle, Aarón Oyarce y Carlos Hakansson— no obtuvieron los 87 votos necesarios para ser nombrados magistrados.
Queda pendiente la votación por otros 12 postulantes, entre los que figuran con mejor puntaje: Freddy Hernández, catedrático de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; Francisco Morales Saravia, exsecretario general del TC; y Helder Domínguez Haro, director del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial.
A las 9 a.m. de este jueves está convocada una nueva sesión del Pleno a fin de continuar con el proceso de elección. Para una hora antes se prevé una sesión de la Junta de Portavoces en la que se abordarán distintos escenarios ante la incertidumbre generada. Entre estos, se encuentra que el proceso de elección no necesariamente continúe el día de hoy, y el intento de dialogar con legisladores que no participaron, se abstuvieron o no votaron a favor, a diferencia de la mayoría de sus colegas de bancada. Por ejemplo, Rolando Campos, Hans Troyes y Jorge Vásquez (Acción Popular); Carmen Omonte (APP), Posemoscrowte Chagua y Roberto Chavarría (UPP); y otros.
Rechazo a fallo del PJ
Un paso previo a la votación de los candidatos al TC fue la decisión de ratificar lo acordado el martes por la Junta de Portavoces: seguir con el proceso de elección, pese a la orden del Poder Judicial de suspender el mismo. El Pleno respaldó tal acuerdo con 87 votos a favor, 36 en contra y 2 abstenciones.
En esa jornada, la sorpresa fue la decisión de la bancada del Frepap de acatar el fallo judicial, pese a que horas antes había votado, en la Junta de Portavoces, a favor de que el proceso de elección continúe. Esa determinación fue clave. El Frepap era determinante para llegar a los 87 votos que se necesitan.
Las bancadas del Partido Morado y Frente Amplio también se opusieron a que se desarrolle el proceso de selección. En el caso del Frepap, de forma remota, solo participó y votó a favor María Céspedes.
Argumentos de ambos bandos
El Partido Morado destacó los cuestionamientos esgrimidos también en la demanda de amparo y medida cautelar aprobadas por el Poder Judicial, respecto del incumplimiento de normas establecidas en el reglamento del proceso. Por ejemplo, que se publique no solo el puntaje total como ha hecho la comisión especial del Parlamento; sino también la puntuación asignada por cada uno de los miembros del grupo acompañada de la justificación respectiva. De igual forma, que no se haya publicado la motivación de las evaluaciones referidas a las entrevistas personales de los candidatos.
Desde Fuerza Popular, el parlamentario Carlos Mesía defendió la autonomía del Congreso para no recibir presiones ni amenazas. «Eso no es democrático, eso es antidemocrático. Y si quieren llevarnos presos, aquí estamos, pero hoy día se vota», manifestó.
Los problemas
El Pleno estaba planteado para ser mixto o semipresencial. Para la modalidad presencial, la Junta de Portavoces acordó distribuir a las bancadas entre el Hemiciclo y distintas salas. Sin embargo, algunos congresistas se quejaron de las condiciones técnicas en estos últimos espacios y el Pleno acordó que todos los que estén en el Palacio Legislativo participen desde el Hemiciclo.
Entre otros incidentes, congresistas de distintas bancadas cuestionaron a Frente Amplio por no asistir o participar de las votaciones. Desde la bancada izquierdista defendieron su derecho a estar en el recinto al ser parlamentarios. Este incidente fue transmitido en vivo, y los integrantes del Partido Morado también se retiraron al igual que la mayoría del FREPAP.
Tras accidentes como esos, luego de la falta de votos para los primeros 3 postulantes y ante la falta de consenso, el parlamentario de APP Fernando Meléndez pidió la suspensión de la sesión. La elección de nuevos miembros, por ahora, está entrampada entre problemas y ánimos variados.