El sistema de gobierno que tenemos actualmente en el Perú ha sido una constante de disputas entre los tres poderes del Estado, especialmente entre el Ejecutivo y el Congreso. Pese a que entre estos tres, y en mayor énfasis entre los dos anteriores, debería existir un eficiente sistema de pesos y contrapesos para fiscalizarse entre sí, muchas veces esta herramienta es utilizada inadecuadamente, deslindándose de la verdadera razón por la que se implementó.
¿Pesos y contrapesos?
El Parlamento Nacional es sin duda alguna un personaje importante. A lo largo de los años se ha permitido el surgimiento de un sinnúmero de partidos políticos que llegan al cargo de la mano de una legitimidad que respeta los principios democráticos, pero que nos han conducido, de todos modos, a peligrosas tensiones.
Gracias a aquello que algunos académicos llaman «presidencialismo latinoamericano», hemos sido testigos de la falta de consenso en el Hemiciclo. Desde mociones de vacancia o negaciones de cuestiones de confianza de los futuros gabinetes ministeriales, hasta tener tres jefes de Gobierno en una semana. Sin lugar a dudas, existen todavía algunos vacíos en este tipo de herramientas que tiene el Ejecutivo sobre el Legislativo y viceversa.
Artículo 133° de la Constitución: la crisis del gabinete
El articulo citado engloba a la que es, quizás, la arma más poderosa dentro del arsenal del Ejecutivo frente al Legislativo: la cuestión de confianza. En esta temporada congresal, se sometieron a debate varias reformas constitucionales, destacando entre las más importantes la cuestión de confianza, una de las figuras más inestables en la actualidad.
El defecto o la falta de límites que tiene la mencionada herramienta es que significa muchas veces una carta en blanco para tener a un dictador en Palacio. Si algún presidente quisiera actuar de manera arbitraria utilizando herramientas constitucionales y «democráticas» podría presentar una cuestión de confianza cada semana, mes o año. Así, el primer proyecto de ley que presente al Congreso significaría una tarjeta amarilla; si la segunda le es también denegada, significaría tarjeta roja y, por tanto, la crisis total del gabinete. Para lo cual, el jefe de Estado estaría en la potestad de disolver el Congreso de la República constitucionalmente.
Artículo 133.- El Presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso de Ministros una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es removido por el Presiente de la República, se produce la crisis total del gabinete.
Sin embargo, esto último, según el expresidente del Tribunal Constitucional (TC) Ernesto Álvarez Miranda, no tiene que estar establecido en la Carta Magna para que un juez constitucional o el TC declare que esa actitud es inconstitucional porque rompe el equilibrio de poderes, rompe un principio democrático que es contenido esencial de la Constitución.
¿Y si reformamos?
Teniendo en cuenta esta poderosa arma y las consecuencias de su accionar, las bancadas Acción Para el Progreso (APP) y Fuerza Popular mostraron su respaldo frente a dos proyectos de ley (7881 y 7888) que buscaban limitar la aplicación de este artículo de la Carta Magna. Así, el día de ayer ambos proyectos fueron debatidos y presentados por la Comisión de Constitución y Reglamento pero sin llegar a ningún consenso satisfactorio.
Resultado
El Pleno rechazó la tarde de ayer la iniciativa congresal que planteaba interpretar un párrafo de la Constitución en el que se menciona los alcances de la cuestión de confianza que pueden plantear los ministros ante el Parlamento. La norma buscaba limitar esta medida para que no alcance a proyecto de reforma constitucional que pueda presentar el Ejecutivo. La votación concluyó con solo 30 votos a favor, 63 en contra y 13 abstenciones, cuando requería mayoría simple para ser aprobada.
Posturas a favor
Gran parte de la bancada de Alianza Para el Progreso (APP), a la que pertenece el presidente de la Comisión de Constitución, Luis Valdez, votó a favor de la interpretación. La única excepción fue Walter Benavides. La bancada de Fuerza Popular también respaldó la iniciativa, así como los legisladores Moisés Gonzales (Nueva Constitución), Guillermo Aliaga (Somos Perú) y Martha Chávez (no agrupada).
Alegato de Valdez
El parlamentario inició el debate presentando la ley para interpretar el párrafo del artículo 132° de la Constitución referido a la cuestión de confianza, descartando que el Tribunal Constitucional (TC) hace dos años haya anulado la posibilidad de que el Parlamento apruebe una norma de este tipo.
Artículo 132.- El Congreso hace efectiva la responsabilidad política del Consejo de Ministros, o de los ministros por separado, mediante el voto de censura o el rechazo de la cuestión de confianza. Esta última solo se plantea por iniciativa ministerial.
«El TC en su sentencia del 2018, luego de haber recurrido a la fuente histórica […] interpretó que la cuestión de confianza que podían plantear había sido abierta para darle al Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso. El TC no señala que en ese amplio de posibilidades se encuentra la posibilidad de plantear una cuestión de confianza sobre proyectos de reforma constitucional», aseguró el congresista de APP.
El presidente de la Comisión de Constitución recordó que fue el expresidente del Consejo de Ministros César Villanueva, durante el gobierno de Martín Vizcarra, quien planteó cuestión de confianza sobre tres iniciativas de reforma constitucional. El Congreso anterior terminó aprobándolas, en un contexto en que rechazar la confianza hubiera ocasionado una segunda crisis del gabinete y facultado al presidente a disolver el Congreso.
Respaldos
Durante el debate, diversos congresistas respaldaron la interpretación de la cuestión de confianza, como Omar Chehade (APP) y Carlos Almerí (Podemos Perú).
«La Constitución dice que el Congreso puede interpretar leyes, y eso también incluye a la Constitución. Hay varios intérpretes de la Constitución y quitarle al Parlamento su atribución interpretativa es menoscabar su soberanía», aseguró Carlos Mesía, de Fuerza Popular.
Oposición
Dentro de la bancada Morada, Frente Amplio, Frepap y algunos parlamentarios de APP, existieron puntos en desacuerdo con lo mencionado por Valdez y su respaldo desde cuestiones que van desde la forma y fondo para una futura interpretación y modificación de la Carta Magna.
«La cuestión de confianza es una figura constitucional que está en la Carta Magna. Si queremos regularla, modificarla, tenemos que hacerlo a través de una reforma de la Constitución, pero lo que se pretende hacer es vía una ley interpretativa, cuando el único que puede interpretar la Constitución es el TC», dijo Gino Costa, de la Bancada Morada.
Similares cuestionamientos tuvieron congresistas como Carmen Omonte (de APP, quien no votó), Richard Rubio de Frepap, el Frente Amplio y Nueva Constitución. «Esta ley es inconstitucional porque, por vía de la interpretación, busca decir lo que la Constitución no dice, eso es lo que está pasando con esta norma. Tratar de interpretarlo en una situación política que estamos viviendo porque el presidente de la República que viene no me gusta o no me simpatiza, no es correcto», comentó Lenin Bazán.