Remontémonos al año 1794 con Maximilien Robespierre como miembro del Comité de Salvación Pública -ya no como presidente de la Convención Nacional de Francia-, en la convención y a pesar de su capacidad incomparable de retórica no pudo aclarar su voz ni contener a sus adversarios, quienes hartos de los excesos de “el incorruptible (Robespierre)” lo llevaron a su muerte, no sin antes permitir que Garnier de L’Aube esgrimará históricas palabras: “Robespierre, la sangre de Danton te ahoga”. Realizo esta breve introducción para se comprenda con mayor énfasis que los excesos son dañinos, así como las arbitrariedades.
El fiscal José Domingo Pérez Gómez (JDP), del equipo especial del caso Lava Jato, es en el Perú, Robesspierre y, todas sus víctimas son Danton -por supuesto, con algo más de culpabilidad que este, en algunos casos-. El punto es que así como Robesspierre en la Revolución Francesa, hoy en día el fiscal Domingo Pérez comete arbitrariedades dolosas en contra de aquellos a quienes acusa de corruptos (recalco que muchos sí tienen culpa). Esta arbitrariedad cometida por el abogado es perjudicial para nuestro sistema de justicia, ya que muestra que el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Constitución Política del Perú de 1993 son, tan solo, “papelitos” que uno puede agarrar, leer y determinar si son útiles o no, cuando esto es, en realidad, todo lo contrario, son las bases de nuestra libertad, nuestra justicia: de la patria.
En nuestro país la excepción no es la regla, sino la excepción; por el contrario, la regla es la “prisión preventiva” y la libertad la excepción. Nuestra libertad indirectamente está siendo oprimida y soslayada, llevándonos a nefastos -y nescientes- actos, los cuales solo nos demuestran que la justicia está polarizada, dañada y mal llevada.
En nuestro país la libertad no es la regla; por el contrario, la regla es la “prisión preventiva” y la libertad la excepción. Nuestra libertad indirectamente está siendo oprimida y soslayada, llevándonos a nefastos -y nescientes- actos, los cuales solo nos demuestran que la justicia está polarizada, dañada y mal llevada.
Muchos políticos, analistas y constitucionalistas han levantado su voz afirmando la prisión preliminar es “una medida excepcional”, tal como Ernesto Blume, presidente del Tribunal Constitucional, quien nos lo recordó recientemente. Por su parte, hasta el presidente se pronunció declarando que “se está aplicando una medida excepcional casi en la totalidad de los casos”. Y es cierto, no solo a los políticos, el 39% de presos no tiene condena: 2 de cada 5 personas encarceladas no tienen condena.
Vayamos, ahora, a dos casos puntuales:
- Alan García: el fallecido mandatario iba tener una detención preliminar sin, si quiera, haber sido acusado, no se conocían, en lo absoluto, las declaraciones de Barata; no obstante, los fiscales de Lava Jato esgrimaron su bolígrafo solicitando dicha detención.
- Pedro Pablo Kuczyncki: el exmandatario fue intervenido y su casa allanada, recientemente. Acto seguido, el fiscal JDP solicitó “prisión preventiva”, yendo en contra del inciso 1 del artículo 290, el cual establece las cuatro razones por las cuales se otorga una detención domiciliaria, de las cuales PPK cumplía dos -siendo una imposible de cumplir (ser “una madre gestante”)-.
El incumplimiento de la orden, las arbitrariedades y la polarización nos deja un panorama difuso, en el que nos cuesta analizar los casos con claridad, por lo que celebran victorias que no demuestran la realidad de las cosas. Robespierre nos deja una lección, un precedente, el cual, en algún momento, ahogará al fiscal.